SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES
CUENTAS DE CAPITALIZACION - COMPENSACION DE SALDOS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
29-Jul-2005
Resumen:
ESTABLECESE QUE LAS OPERACIONES DE COMPENSACION DE SALDOS NETOS DE LAS CUENTAS DE CAPITALIZACION INDIVIDUAL POR TRASPASOS DE AFILIADOS QUE SE REALICEN EN EL MARCO DE LA INSTRUCCION Nº 11/2005 DE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES, NO SE ENCUENTRAN ALCANZADAS POR LA RESTRICCION A LA TRANSFERENCIA DE LOS TITULOS IICUASI PARLA EMITIDOS EN VIRTUD DE LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 5º DEL DECRETO Nº 1735/2004.