OBLIGACIONES DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL
EMPLEADORES DE SERVICIO DOMESTICO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
23-Jun-1995
Resumen:
LOS CONTRIBUYENTES QUE POSEYENDO CLAVE UNICA DE IDENTIFICACION TRIBUTARIA, NO SE ENCUENTREN INSCRIPTOS COMO EMPLEADORES, Y OCUPEN PERSONAL DE SERVICIO DOMESTICO EN RELACION DE DEPENDENCIA, DEBERAN DETERMINAR E INGRESAR LOS APORTES Y CONTRIBUCIONES CONDESTINO A LOS RESCURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, DE CONFORMIDAD CON LA RESOLUCION GENERAL Nº 3906 Y SUS COMPLEMETARIAS, SITUACION QUE IMPLICARA SU ALTA AUTOMATICA EN EL REGIMEN.- CAD