INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
SOCIEDADES DE AHORRO PREVIO
Resumen:
LAS SOCIEDADES DE AHORRO PREVIO AUTORIZADAS POR ESTA INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA A OPERAR BAJO LAS MODALIDADES DE CIRCULOS O GRUPOS CERRADOS PARA LA ADJUDICACION DIRECTA DE BIENES MUEBLES Y DE SUMAS DE DINERO PARA LA ADQUISICION DE BIENES MUEBLES, PASAJES O SERVICIOS, ADQUISICION, AMPLIACION O REFACCION DE INMUEBLES, COMO ASI TAMBIEN LAS AUTORIZADAS A OPERAR EN LA MODALIDAD DE CAPITALIZACION; PODRAN MIENTRAS CONTINUE LA SITUACION DE EMERGENCIA CON DISTANCIAMIENTO Y/O AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y DEMAS MEDIDAS RESTRICTIVAS DE QUE DAN CUENTA EL DECRETO N° 260/2020 Y NORMATIVA SUBSIGUIENTE, UTILIZAR INSTRUMENTOS DIGITALES Y MEDIOS ELECTRONICOS DE COMUNICACION A DISTANCIA PARA LA CONCERTACION DE CONTRATOS DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS BAJO CUALQUIERA DE LAS MODALIDADES INDICADAS PRECEDENTEMENTE, DEBIENDO HACERLO A TRAVES DE UN LINK ESPECIAL DE LA PAGINA WEB INSTITUCIONAL DE LAS ENTIDADES.