DECLARACIONES JURADAS DE VENTAS AL EXTERIOR
REQUISITOS
Resumen:
ESTABLECENSE LOS REQUISITOS PARA EL REGISTRO DE LAS DECLARACIONES JURADAS DE VENTAS AL EXTERIOR, DENOMINADO “DJVE”, A LAS QUE SE REFIERE LA LEY N° 21.453 Y SU ACLARATORIA N° 26.351. DEJASE SIN EFECTO LA RESOLUCION N° 543 DE FECHA 28 DE MAYO DE 2008 DE LA EX OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, ORGANISMO DESCENTRALIZADO EN LA ORBITA DE LA EX - SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, DEPENDIENTE DEL ENTONCES MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, SUS MODIFICATORIAS Y COMPLEMENTARIAS EN TODO LO QUE SE OPONGA A LA PRESENTE.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 18 DE LA RESOLUCION CONJUNTA 1-E/2017 DEL MINISTERIO DE PRODUCCION, MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA Y MINISTERIO DE HACIENDA, B.O. 15/02/2017, PAGINA 29.