ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 387/2023
RESFC-2023-387-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 24/05/2023
VISTO el Expediente EX-2023-45592662-APN-DGA#APNAC del registro de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, las Leyes Nros. 22.351 de Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales, y sus modificatorias, y 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, el Decreto N° 647 de fecha 16 de septiembre de 2022, las Decisiones Administrativas Nros. 1.057 de fecha 20 de octubre de 2022, 1.091 de fecha 1º de noviembre de 2022, 242 de fecha 28 de marzo de 2023 y 4 de fecha 10 de enero de 2023, la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO y la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES RESFC-2023-9-APN-APNAC#MAD de fecha 14 de abril de 2023, la Resolución RESFC-2023-266-APN-D#APNAC del Directorio de fecha 21 de abril de 2023,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.
Que por la Decisión Administrativa N° 1.057/2022 se exceptuó a la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, de lo previsto en el Artículo 7º de la Ley Nº 27.591, prorrogada por el Decreto Nº 882/2021, al solo efecto de posibilitar la cobertura de CIENTO TRES (103) cargos vacantes y financiados correspondientes al Agrupamiento Guardaparques del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES, categoría G-2 - Guardaparque Asistente.
Que por el Decreto Nº 647/2022 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, suscripto entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales, acordado en las Actas Acuerdo de fechas 21 de junio y 21 de julio, ambas de 2022, obrantes en el Anexo IF-2022-77228023-APN-DNRYRT#MT, por el que se establece un nuevo régimen de carrera para dicho personal.
Que el Artículo 29 del referido Convenio, indica que el régimen de selección para el ingreso a la carrera y la promoción de categorías en los Agrupamiento Técnico y Agrupamiento de Conservación Territorial, será establecido por el Estado empleador, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo III del Título VI del Convenio Colectivo de Trabajo General, previa consulta a las entidades sindicales signatarias.
Que dicho Convenio estableció un nuevo régimen de carrera que comprende DOS (2) Agrupamientos y diferentes categorías escalafonarias, según el tipo de función o puesto de trabajo, a saber: Agrupamiento Técnico y Agrupamiento de Conservación Territorial.
Que mediante la Decisión Administrativa Nº 1.091/2022 se modificó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2022 – Recursos Humanos, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas (IF-2022-99606258-APN-DGRH#APNAC) a los fines del rencasillamiento del personal, de conformidad al Convenio Colectivo, aprobado mediante la Resolución RESF-2022-806-APN-D#APNAC del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, de fecha 4 de noviembre de 2022.
Que por la Decisión Administrativa N° 4, de fecha 10 de enero de 2023 se determinaron los Recursos y Créditos Presupuestarios correspondientes a la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.
Que por el Artículo 2° de la Decisión Administrativa N° 242/2023 se modificó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023 –Recursos Humanos, de acuerdo con el detalle, obrante en las Planillas Anexas (IF-2023-29284509-APN-SSP#MEC), adecuando el Programa 19 de Recursos Humanos, según lo dispuesto en el nuevo Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Cuerpo de Guardaparques Nacionales, homologado por el Decreto N 647 de fecha 16 de septiembre de 2022, por lo que se encuentran descongelados y vacantes SETENTA Y UN (71) cargos del AGRUPAMIENTO CONSERVACIÓN TERRITORIAL, Categoria GCT-1.
Que al efecto de continuar con el proceso de incorporación continuo del personal Guardaparques a las distintas Áreas Protegidas, resulta necesario realizar un nuevo llamado a convocatoria al proceso de selección y llamado a inscripción de postulantes para la cobertura de TREINTA Y CUATRO (34) vacantes del AGRUPAMIENTO CONSERVACIÓN TERRITORIAL del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES CATEGORIA GCT-1- PRIMER LLAMADO.
Que conforme a lo indicado en el Artículo 29 del Anexo IF-2022-77228023-190-DNRYRT#MT al Decreto Nº 647/2022, mediante la Resolución Conjunta de la Secretaría de Gestión y Empleo Público y la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES RESFC-2023-9-APN-APNAC#MAD, de fecha 14 de abril de 2023, se aprobó el “RÉGIMEN DE SELECCIÓN PARA EL INGRESO AL AGRUPAMIENTO DE CONSERVACIÓN TERRITORIAL Y AL AGRUPAMIENTO TÉCNICO DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES”.
Que de acuerdo con lo establecido en el Artículo 39 del “RÉGIMEN DE SELECCIÓN PARA EL INGRESO AL AGRUPAMIENTO DE CONSERVACIÓN TERRITORIAL Y AL AGRUPAMIENTO TÉCNICO DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES”, mediante el Artículo 1º de la Resolución del Directorio RESFC-2023-266-APN-D#APNAC, de fecha 21 de abril de 2023, se aprobó la Currícula Teórica – Práctica (Plan de Estudios correspondiente a la ETAPA 6 del referido Régimen de Selección denominada “CURSO DE HABILITACIÓN PARA GUARDAPARQUES DE CONSERVACIÓN TERRITORIAL DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES”.
Que, asimismo, por el Artículo 3º de la Referida Resolución se aprobó el Régimen de Calificaciones, Condiciones de Cursado, Asistencia y Disciplina del Curso de habilitación para el “Agrupamiento de Conservación Territorial y para el “Agrupamiento Técnico” bajo el Anexo IF-2023-44284954-APN-DCYD#APNAC.
Que resulta necesario dar inicio al proceso de Selección para el “CURSO DE HABILITACIÓN PARA AGRUPAMIENTO DE CONSERVACIÓN TERRITORIAL CATEGORÍA GCT-1PRIMER LLAMADO”, con el objeto de seleccionar postulantes para ocupar TREINTA Y CUATRO (34) cargos de la categoría Guardaparque GCT-1 del AGRUPAMIENTO DE CONSERVACIÓN TERRITORIAL DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES”.
Que a fin de sustanciar el procedimiento correspondiente para la cobertura de los cargos mencionados, conforme los Artículos 8° y 14 del precitado Régimen de Selección, resulta necesario integrar el Comité de Selección y designar el Coordinador Concursal y su alterno.
Que los integrantes del Comité de Selección tienen entre sus responsabilidades, la de aprobar las Bases de la Convocatoria que deberán incluir el perfil del cargo a concursar, evaluar a los postulantes y elaborar la Nómina de Ingreso al Curso de Habilitación y el Orden de Mérito.
Que por su parte la Coordinación Concursal tiene entre sus responsabilidades, las de impulsar el proceso de selección para concluirlo dentro de los plazos previstos, labrar el acta en ocasión de la Evaluación de Antecedentes de Formación y Laborales y coordinar las acciones necesarias para la consecución de las etapas del proceso.
Que, en tal sentido y conforme a lo dispuesto en la referida Resolución del Directorio RESFC-2023-9-APNAC#MAD, de fecha 14 de abril de 2023, en su Artículo 5°, la Convocatoria y el llamado a Inscripción deberán en lo sucesivo ser publicados por el término de UN (1) día en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, en la Cartelera Pública Central de Ofertas de Empleo Público de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y en la Carteleras disponibles en cada una de las sedes de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
Que las Direcciones Generales de Recursos Humanos y de Asuntos Jurídicos y la Dirección de Presupuesto y Control de Gestión han tomado las intervenciones de sus competencias.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 23, inciso f), u) e y) de la Ley Nº 22.351.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Iníciese el proceso para la cobertura de TREINTA Y CUATRO (34) cargos vacantes y financiados de la planta permanente Categoría Guardaparque GCT-1 del AGRUPAMIENTO DE CONSERVACIÓN TERRITORIAL DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES,” -PRIMER LLAMADO, de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE detallados en el Anexo IF-2023-55791997-APN-DCYD#APNAC, que forma parte integrante de la presente medida, de conformidad con el RÉGIMEN DE SELECCIÓN para el ingreso a la planta permanente del “AGRUPAMIENTO DE CONSERVACIÓN TERRITORIAL Y AL AGRUPAMIENTO TÉCNICO DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES aprobado por el Artículo 1° de la Resolución Conjunta de la Secretaría de Gestión y Empleo Público y la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES RESFC-2023-9-APNAPNAC#MAD, de fecha 14 de abril de 2023.
ARTÍCULO 2°.- Determinase que el proceso de selección para la cobertura de los cargos del “AGRUPAMIENTO DE CONSERVACIÓN TERRITORIAL DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES” Categoría Guardaparque GCT-1, será realizado por convocatoria abierta y mediante el RÉGIMEN DE SELECCIÓN para el ingreso a la planta permanente del AGRUPAMIENTO DE CONSERVACIÓN TERRITORIAL Y AL AGRUPAMIENTO TÉCNICO DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES, aprobado por el Artículo 1° de la Resolución Conjunta de la Secretaría de Gestión y Empleo Público y la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES RESFC-2023-9-APNAPNAC#MAD, de fecha 14 de abril de 2023.
ARTÍCULO 3°.- Desígnanse a los integrantes del Comité de Selección para la cobertura de los cargos mencionados en el Artículo 1° de la presente a las personas que figuran en el Anexo IF-2023-102816304-APN-DCYD#APNAC, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 8° del Régimen de Selección aprobado por cuyos antecedentes laborales y de formación se encontrarán disponibles en la página Web de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
(Artículo rectificado por art. 1º de la Resolución Nº 727/2023 de la Administración de Parques Nacionales B.O. 12/9/2023.)
ARTICULO 4°.- Designase a la Sra. MARIA ROXANA DERRUDI (M.I 34.586.534) como Coordinadora Concursal Titular y a la Sra. DANIELA GUILLERMINA SEQUEIRA (MI. 30.815.103) como Coordinadora Concursal Alterna para los Comités.
ARTÍCULO 5°.- Invítase a la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (UPCN), a la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE), al MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, y al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para que designen a sus veedores en los términos de los Artículos 4° y 17 del Reglamento aprobado por la Resolución mencionada ut supra.
ARTÍCULO 6°.- Determínase que por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones se notifique en legal forma a la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (UPCN), a la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE), al MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Cumplido, y con las debidas constancias, gírense las actuaciones a la Dirección General de Recursos Humanos a sus efectos.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Virginia Laura Gassibe - Claudio David Gonzalez - Francisco Luis Gonzalez Taboas - Natalia Gabriela Jauri - Federico Granato
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
Resolución 387/2023
RESFC-2023-387-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 24/05/2023
VISTO el Expediente EX-2023-45592662-APN-DGA#APNAC del registro de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, las Leyes Nros. 22.351 de Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales, y sus modificatorias, y 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, el Decreto N° 647 de fecha 16 de septiembre de 2022, las Decisiones Administrativas Nros. 1.057 de fecha 20 de octubre de 2022, 1.091 de fecha 1º de noviembre de 2022, 242 de fecha 28 de marzo de 2023 y 4 de fecha 10 de enero de 2023, la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO y la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES RESFC-2023-9-APN-APNAC#MAD de fecha 14 de abril de 2023, la Resolución RESFC-2023-266-APN-D#APNAC del Directorio de fecha 21 de abril de 2023,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.
Que por la Decisión Administrativa N° 1.057/2022 se exceptuó a la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, de lo previsto en el Artículo 7º de la Ley Nº 27.591, prorrogada por el Decreto Nº 882/2021, al solo efecto de posibilitar la cobertura de CIENTO TRES (103) cargos vacantes y financiados correspondientes al Agrupamiento Guardaparques del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES, categoría G-2 - Guardaparque Asistente.
Que por el Decreto Nº 647/2022 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, suscripto entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales, acordado en las Actas Acuerdo de fechas 21 de junio y 21 de julio, ambas de 2022, obrantes en el Anexo IF-2022-77228023-APN-DNRYRT#MT, por el que se establece un nuevo régimen de carrera para dicho personal.
Que el Artículo 29 del referido Convenio, indica que el régimen de selección para el ingreso a la carrera y la promoción de categorías en los Agrupamiento Técnico y Agrupamiento de Conservación Territorial, será establecido por el Estado empleador, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo III del Título VI del Convenio Colectivo de Trabajo General, previa consulta a las entidades sindicales signatarias.
Que dicho Convenio estableció un nuevo régimen de carrera que comprende DOS (2) Agrupamientos y diferentes categorías escalafonarias, según el tipo de función o puesto de trabajo, a saber: Agrupamiento Técnico y Agrupamiento de Conservación Territorial.
Que mediante la Decisión Administrativa Nº 1.091/2022 se modificó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2022 – Recursos Humanos, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas (IF-2022-99606258-APN-DGRH#APNAC) a los fines del rencasillamiento del personal, de conformidad al Convenio Colectivo, aprobado mediante la Resolución RESF-2022-806-APN-D#APNAC del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, de fecha 4 de noviembre de 2022.
Que por la Decisión Administrativa N° 4, de fecha 10 de enero de 2023 se determinaron los Recursos y Créditos Presupuestarios correspondientes a la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.
Que por el Artículo 2° de la Decisión Administrativa N° 242/2023 se modificó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023 –Recursos Humanos, de acuerdo con el detalle, obrante en las Planillas Anexas (IF-2023-29284509-APN-SSP#MEC), adecuando el Programa 19 de Recursos Humanos, según lo dispuesto en el nuevo Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Cuerpo de Guardaparques Nacionales, homologado por el Decreto N 647 de fecha 16 de septiembre de 2022, por lo que se encuentran descongelados y vacantes SETENTA Y UN (71) cargos del AGRUPAMIENTO CONSERVACIÓN TERRITORIAL, Categoria GCT-1.
Que al efecto de continuar con el proceso de incorporación continuo del personal Guardaparques a las distintas Áreas Protegidas, resulta necesario realizar un nuevo llamado a convocatoria al proceso de selección y llamado a inscripción de postulantes para la cobertura de TREINTA Y CUATRO (34) vacantes del AGRUPAMIENTO CONSERVACIÓN TERRITORIAL del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES CATEGORIA GCT-1- PRIMER LLAMADO.
Que conforme a lo indicado en el Artículo 29 del Anexo IF-2022-77228023-190-DNRYRT#MT al Decreto Nº 647/2022, mediante la Resolución Conjunta de la Secretaría de Gestión y Empleo Público y la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES RESFC-2023-9-APN-APNAC#MAD, de fecha 14 de abril de 2023, se aprobó el “RÉGIMEN DE SELECCIÓN PARA EL INGRESO AL AGRUPAMIENTO DE CONSERVACIÓN TERRITORIAL Y AL AGRUPAMIENTO TÉCNICO DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES”.
Que de acuerdo con lo establecido en el Artículo 39 del “RÉGIMEN DE SELECCIÓN PARA EL INGRESO AL AGRUPAMIENTO DE CONSERVACIÓN TERRITORIAL Y AL AGRUPAMIENTO TÉCNICO DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES”, mediante el Artículo 1º de la Resolución del Directorio RESFC-2023-266-APN-D#APNAC, de fecha 21 de abril de 2023, se aprobó la Currícula Teórica – Práctica (Plan de Estudios correspondiente a la ETAPA 6 del referido Régimen de Selección denominada “CURSO DE HABILITACIÓN PARA GUARDAPARQUES DE CONSERVACIÓN TERRITORIAL DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES”.
Que, asimismo, por el Artículo 3º de la Referida Resolución se aprobó el Régimen de Calificaciones, Condiciones de Cursado, Asistencia y Disciplina del Curso de habilitación para el “Agrupamiento de Conservación Territorial y para el “Agrupamiento Técnico” bajo el Anexo IF-2023-44284954-APN-DCYD#APNAC.
Que resulta necesario dar inicio al proceso de Selección para el “CURSO DE HABILITACIÓN PARA AGRUPAMIENTO DE CONSERVACIÓN TERRITORIAL CATEGORÍA GCT-1PRIMER LLAMADO”, con el objeto de seleccionar postulantes para ocupar TREINTA Y CUATRO (34) cargos de la categoría Guardaparque GCT-1 del AGRUPAMIENTO DE CONSERVACIÓN TERRITORIAL DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES”.
Que a fin de sustanciar el procedimiento correspondiente para la cobertura de los cargos mencionados, conforme los Artículos 8° y 14 del precitado Régimen de Selección, resulta necesario integrar el Comité de Selección y designar el Coordinador Concursal y su alterno.
Que los integrantes del Comité de Selección tienen entre sus responsabilidades, la de aprobar las Bases de la Convocatoria que deberán incluir el perfil del cargo a concursar, evaluar a los postulantes y elaborar la Nómina de Ingreso al Curso de Habilitación y el Orden de Mérito.
Que por su parte la Coordinación Concursal tiene entre sus responsabilidades, las de impulsar el proceso de selección para concluirlo dentro de los plazos previstos, labrar el acta en ocasión de la Evaluación de Antecedentes de Formación y Laborales y coordinar las acciones necesarias para la consecución de las etapas del proceso.
Que, en tal sentido y conforme a lo dispuesto en la referida Resolución del Directorio RESFC-2023-9-APNAC#MAD, de fecha 14 de abril de 2023, en su Artículo 5°, la Convocatoria y el llamado a Inscripción deberán en lo sucesivo ser publicados por el término de UN (1) día en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, en la Cartelera Pública Central de Ofertas de Empleo Público de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y en la Carteleras disponibles en cada una de las sedes de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
Que las Direcciones Generales de Recursos Humanos y de Asuntos Jurídicos y la Dirección de Presupuesto y Control de Gestión han tomado las intervenciones de sus competencias.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 23, inciso f), u) e y) de la Ley Nº 22.351.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Iníciese el proceso para la cobertura de TREINTA Y CUATRO (34) cargos vacantes y financiados de la planta permanente Categoría Guardaparque GCT-1 del AGRUPAMIENTO DE CONSERVACIÓN TERRITORIAL DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES,” -PRIMER LLAMADO, de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE detallados en el Anexo IF-2023-55791997-APN-DCYD#APNAC, que forma parte integrante de la presente medida, de conformidad con el RÉGIMEN DE SELECCIÓN para el ingreso a la planta permanente del “AGRUPAMIENTO DE CONSERVACIÓN TERRITORIAL Y AL AGRUPAMIENTO TÉCNICO DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES aprobado por el Artículo 1° de la Resolución Conjunta de la Secretaría de Gestión y Empleo Público y la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES RESFC-2023-9-APNAPNAC#MAD, de fecha 14 de abril de 2023.
ARTÍCULO 2°.- Determinase que el proceso de selección para la cobertura de los cargos del “AGRUPAMIENTO DE CONSERVACIÓN TERRITORIAL DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES” Categoría Guardaparque GCT-1, será realizado por convocatoria abierta y mediante el RÉGIMEN DE SELECCIÓN para el ingreso a la planta permanente del AGRUPAMIENTO DE CONSERVACIÓN TERRITORIAL Y AL AGRUPAMIENTO TÉCNICO DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES, aprobado por el Artículo 1° de la Resolución Conjunta de la Secretaría de Gestión y Empleo Público y la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES RESFC-2023-9-APNAPNAC#MAD, de fecha 14 de abril de 2023.
ARTÍCULO 3°.- Desígnanse a los integrantes del Comité de Selección para la cobertura de los cargos mencionados en el Artículo 1° de la presente a las personas que figuran en el Anexo IF-2023-102816304-APN-DCYD#APNAC, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 8° del Régimen de Selección aprobado por cuyos antecedentes laborales y de formación se encontrarán disponibles en la página Web de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
(Artículo rectificado por art. 1º de la Resolución Nº 727/2023 de la Administración de Parques Nacionales B.O. 12/9/2023.)
ARTICULO 4°.- Designase a la Sra. MARIA ROXANA DERRUDI (M.I 34.586.534) como Coordinadora Concursal Titular y a la Sra. DANIELA GUILLERMINA SEQUEIRA (MI. 30.815.103) como Coordinadora Concursal Alterna para los Comités.
ARTÍCULO 5°.- Invítase a la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (UPCN), a la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE), al MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, y al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para que designen a sus veedores en los términos de los Artículos 4° y 17 del Reglamento aprobado por la Resolución mencionada ut supra.
ARTÍCULO 6°.- Determínase que por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones se notifique en legal forma a la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (UPCN), a la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE), al MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Cumplido, y con las debidas constancias, gírense las actuaciones a la Dirección General de Recursos Humanos a sus efectos.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Virginia Laura Gassibe - Claudio David Gonzalez - Francisco Luis Gonzalez Taboas - Natalia Gabriela Jauri - Federico Granato
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/05/2023 N° 39147/23 v. 30/05/2023
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII)
(Anexo II rectificado por art. 1º de la Resolución Nº 727/2023 de la Administración de Parques Nacionales B.O. 12/9/2023.)
(Anexo II rectificado por art. 1º de la Resolución Nº 727/2023 de la Administración de Parques Nacionales B.O. 12/9/2023.)