MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
RESOLUCION Nº 37.658 DEL 18 JUL. /2013
EXPEDIENTE Nº 53.937.
SINTESIS:
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Sustitúyase el artículo 5° inciso I) punto 7.a) de la Resolución SSN Nro. 35.840 por el siguiente:
“a) Que la entidad aseguradora cuente con una totalidad de personal que no supere los 300 empleados —sumando casa matriz, sucursales y agencias—. En cuyo caso, los Asistentes podrán desempeñar actividades en otras Gerencias.”
ARTICULO 2° — La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. JUAN A. BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
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NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio A. Roca 721 P.B. Capital Federal.
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
RESOLUCION Nº 37.658 DEL 18 JUL. /2013
EXPEDIENTE Nº 53.937.
SINTESIS:
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Sustitúyase el artículo 5° inciso I) punto 7.a) de la Resolución SSN Nro. 35.840 por el siguiente:
“a) Que la entidad aseguradora cuente con una totalidad de personal que no supere los 300 empleados —sumando casa matriz, sucursales y agencias—. En cuyo caso, los Asistentes podrán desempeñar actividades en otras Gerencias.”
ARTICULO 2° — La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. JUAN A. BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
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NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio A. Roca 721 P.B. Capital Federal.
e. 24/07/2013 N° 55610/13 v. 24/07/2013