SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESOLUCION N° 554/1983 - MODIFICACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
13-Ago-2018
Resumen:
SE INCORPORA COMO APARTADO 314 BIS AL CAPITULO XXXVII DE LA RESOLUCION N° 554 DEL 26 DE OCTUBRE DE 1983 DE LA EX-SECRETARIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA, EL SIGUIENTE: “314 BIS.- PARA EL CASO DE LA ESPECIE BANANA DESTINADA AL MERCADO INTERNO, SE AUTORIZA EL USO DE ENVASES CON RETORNO, SIEMPRE QUE ESTOS SEAN DE MATERIAL PLASTICO Y SE ENCUENTREN DEBIDAMENTE HIGIENIZADOS. PARA ESTA ESPECIE, EL CONTENIDO DE LOS ENVASES, YA SEAN NUEVOS O CON RETORNO, SERA COMO MAXIMO DE VEINTE (20) KILOGRAMOS NETO, CON UNA TOLERANCIA DE DIEZ POR CIENTO (10%) EN MAS O DOS POR CIENTO (2%) EN MENOS.”.