JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Resolución 372/2018
RESOL-2018-372-APN-JGM
Ciudad de Buenos Aires, 18/10/2018
VISTO el Expediente Nº EX-2018-49330730- -APN-DGAJMMN#JGM del registro de la JEFATURA DE GABINETE, la Ley N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios, los Decretos Nros. 997 de fecha 7 de septiembre de 2016, 801 y 802 de fecha 5 de septiembre de 2018 y la Decisión Administrativa N° 1067 de fecha 29 de septiembre del 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 997 de fecha 7 de septiembre de 2016, se aprobó el RÉGIMEN DE VIÁTICOS, ALOJAMIENTO Y PASAJES DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL (Administración Centralizada, Organismos Descentralizados, Empresas del Estado, Obras Sociales, Entidades Financieras Oficiales y cualquier otro ente del PODER EJECUTIVO NACIONAL).
Que por artículo 10 del mencionado Decreto N° 997/16 se facultó al Jefe de Gabinete de Ministros a dictar las normas aclaratorias y complementarias que fueren necesarias para la efectiva aplicación del mismo.
Que por el artículo 2° de la Decisión Administrativa N° 1067 de fecha 29 de septiembre de 2016 se estableció que los traslados por misiones o comisiones al exterior cualquiera fuera la fuente de financiamiento del gasto, deben contar con la conformidad previa del Jefe de Gabinete de Ministros cuando se trate de Ministros, Secretarios de la Presidencia de la Nación, Jefe de la Casa Militar y demás funcionarios con rango y jerarquía de Ministro.
Que mediante el Decreto N° 801 de fecha el 5 de septiembre de 2018, se modificó la Ley Nº 22.520 y se fusionaron diversos Ministerios con el fin de centralizar las competencias en un número menor de jurisdicciones.
Que en ese marco se disolvió el entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, determinando que la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS sea su continuadora a todos sus efectos.
Que sin perjuicio de ello y de las potestades incorporadas al Jefe de Gabinete de Ministros en la supervisión del diseño y ejecución de políticas relativas al empleo público, a la innovación de gestión, a la modernización de la Administración Pública Nacional, al régimen de compras y contrataciones, a las telecomunicaciones, los servicios de comunicación audiovisual y los servicios postales; el Decreto N° 802 de la misma fecha creó el cargo de Secretario de Gobierno de Modernización, manteniendo en cabeza de este último las competencias primarias en tales materias.
Que en tal sentido y por razones operativas resulta necesario, a fin de agilizar los procedimientos de autorización de traslados por misiones o comisiones al exterior de los funcionarios circunscriptos en la órbita de la mencionada Secretaría de Gobierno, dejar en cabeza de su titular las autorizaciones de tales traslados.
Que mediante IF-2018-50638878-APN-DGAJ#JGM ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 8º del Decreto Nº 977 de fecha 6 de julio de 1995.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Facúltase al Secretario de Gobierno de Modernización a autorizar los traslados por misiones o comisiones al exterior de los funcionarios y del personal que de él dependan.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña
Resolución 372/2018
RESOL-2018-372-APN-JGM
Ciudad de Buenos Aires, 18/10/2018
VISTO el Expediente Nº EX-2018-49330730- -APN-DGAJMMN#JGM del registro de la JEFATURA DE GABINETE, la Ley N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios, los Decretos Nros. 997 de fecha 7 de septiembre de 2016, 801 y 802 de fecha 5 de septiembre de 2018 y la Decisión Administrativa N° 1067 de fecha 29 de septiembre del 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 997 de fecha 7 de septiembre de 2016, se aprobó el RÉGIMEN DE VIÁTICOS, ALOJAMIENTO Y PASAJES DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL (Administración Centralizada, Organismos Descentralizados, Empresas del Estado, Obras Sociales, Entidades Financieras Oficiales y cualquier otro ente del PODER EJECUTIVO NACIONAL).
Que por artículo 10 del mencionado Decreto N° 997/16 se facultó al Jefe de Gabinete de Ministros a dictar las normas aclaratorias y complementarias que fueren necesarias para la efectiva aplicación del mismo.
Que por el artículo 2° de la Decisión Administrativa N° 1067 de fecha 29 de septiembre de 2016 se estableció que los traslados por misiones o comisiones al exterior cualquiera fuera la fuente de financiamiento del gasto, deben contar con la conformidad previa del Jefe de Gabinete de Ministros cuando se trate de Ministros, Secretarios de la Presidencia de la Nación, Jefe de la Casa Militar y demás funcionarios con rango y jerarquía de Ministro.
Que mediante el Decreto N° 801 de fecha el 5 de septiembre de 2018, se modificó la Ley Nº 22.520 y se fusionaron diversos Ministerios con el fin de centralizar las competencias en un número menor de jurisdicciones.
Que en ese marco se disolvió el entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, determinando que la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS sea su continuadora a todos sus efectos.
Que sin perjuicio de ello y de las potestades incorporadas al Jefe de Gabinete de Ministros en la supervisión del diseño y ejecución de políticas relativas al empleo público, a la innovación de gestión, a la modernización de la Administración Pública Nacional, al régimen de compras y contrataciones, a las telecomunicaciones, los servicios de comunicación audiovisual y los servicios postales; el Decreto N° 802 de la misma fecha creó el cargo de Secretario de Gobierno de Modernización, manteniendo en cabeza de este último las competencias primarias en tales materias.
Que en tal sentido y por razones operativas resulta necesario, a fin de agilizar los procedimientos de autorización de traslados por misiones o comisiones al exterior de los funcionarios circunscriptos en la órbita de la mencionada Secretaría de Gobierno, dejar en cabeza de su titular las autorizaciones de tales traslados.
Que mediante IF-2018-50638878-APN-DGAJ#JGM ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 8º del Decreto Nº 977 de fecha 6 de julio de 1995.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Facúltase al Secretario de Gobierno de Modernización a autorizar los traslados por misiones o comisiones al exterior de los funcionarios y del personal que de él dependan.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña
e. 23/10/2018 N° 79439/18 v. 23/10/2018