Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE TRANSPORTE


MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE TRANSPORTE

Resolución Nº 37/2009

Bs. As., 3/9/2009

VISTO el Expediente Nº 212/2008 del Registro del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB) organismo desconcentrado en la órbita de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por conducto de las actuaciones citadas en el Visto, se propicia la desafectación, del uso operativo ferroviario, de una fracción del inmueble perteneciente al ESTADO NACIONAL, ubicado en la Ciudad de VIEDMA, Provincia de RIO NEGRO, específicamente el subsector extremo de la Estación VIEDMA y la zona de maniobras de ésta, identificados bajo Nomenclatura Catastral 18-1-B-008D-01 conforme luce ilustrado en el plano que integra la presente resolución como ANEXO.

Que a tales efectos el Directorio de la Empresa TREN PATAGONICO SOCIEDAD ANONIMA, sociedad perteneciente en un NOVENTA Y NUEVE POR CIENTO (99%) a la Provincia de RIO NEGRO y en un UNO POR CIENTO (1%) al INSTITUTO AUTARQUICO DEL SEGURO, dispuso, mediante el dictado da la Resolución Nº 7 de fecha 2 de septiembre de 2008, la desafectación del inmueble objeto de la presente resolución para ser utilizado para la construcción del Rectorado y el Campus Universitario de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO NEGRO y para la construcción de distintos servicios para la comunidad.

Que asimismo y en el marco del Convenio celebrado entre el ESTADO NACIONAL y la Provincia de RIO NEGRO, el 22 de julio de 1993, la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS solicitó a la Provincia de RIO NEGRO, en su carácter de titular de la concesión, que preste su conformidad respecto a la desafectación del inmueble dispuesta por la Empresa TREN PATAGONICO SOCIEDAD ANONIMA.

Que la Provincia de RIO NEGRO prestó su conformidad para que dicho inmueble sea utilizado para la construcción del Rectorado y el Campus Universitario de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO NEGRO.

Que el Decreto Nº 443 de fecha 1º de junio de 2000, dispuso la disolución del ex ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS y la creación del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES, como órgano desconcentrado en el ámbito del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, organismo que tiene, entre otras, las misiones y funciones del ex ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS, establecidas por Decreto Nº 1383 de fecha 29 de noviembre de 1996.

Que en virtud del Artículo 5º del Decreto Nº 1383/96, la incorporación de nuevos bienes inmuebles a los contratos de concesión del sistema ferroviario de pasajeros o cargas, o la desafectación de aquellos que fueron entregados oportunamente en concesión, será dispuesta por la ex SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, hoy SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que en virtud del dictado de la Ley Nº 26.352 ha tomado la intervención que le compete la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DE ESTADO (ADIF S.E.), sin haber formulado objeciones al trámite de desafectación en trato.

Que la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia, conforme lo establecido en la Resolución Nº 839 de fecha 5 de mayo de 2006 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que las facultades para el dictado de la presente medida surgen de lo dispuesto por los Decretos Nros. 1383 de fecha 29 de noviembre de 1996 y 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Desaféctase del uso operativo ferroviario el inmueble ubicado en la Ciudad de VIEDMA, Provincia de RIO NEGRO, identificado bajo Nomenclatura Catastral 18-1-B-008D-01, Departamento Catastral 18, Circunscripción 1, Sección B, Parcelas 01A-01C y 01D e individualizado en el plano que en copia autenticada integra la presente resolución como ANEXO.

ARTICULO 2º — El inmueble desafectado en el Artículo 1º de la presente Resolución queda transferido en afectación a la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO, conforme lo dispuesto por el Título II, Artículo 3º, inciso a) de la Ley Nº 26.352.

ARTICULO 3º — Notifíquese a la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO, a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, al ORGANISMO NACIONAL DE BIENES del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a la Empresa TREN PATAGONICO SOCIEDAD ANONIMA, a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO NEGRO, a la MUNICIPALIDAD DE VIEDMA y a la Provincia de RIO NEGRO.

ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. JUAN PABLO SCHIAVI, Secretario de Transporte.

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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar

e. 15/09/2009 Nº 76378 v. 15/09/2009

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