MERCOSUR/GMC/RES. Nº 37/05
CONVENIO PARA LA ADMINISTRACION DEL FONDO PARA EL SECTOR EDUCACIONAL DEL MERCOSUR ENTRE LA CORPORACION ANDINA DE FOMENTO Y EL MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR)
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones Nº 02/98 y 33/04 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que el Art. 8 Numeral IV del Protocolo de Ouro Preto contempla la posibilidad de delegar en el Grupo Mercado Común, la negociación y firma de acuerdos en nombre del MERCOSUR, con terceros países y organismos internacionales.
Que en casos de urgencia y cuando no fuera posible celebrar una reunión del Consejo del Mercado Común, éste podrá delegar en el Grupo Mercado Común, por consenso y vía diplomática, las atribuciones previstas en el Art. 8, Numeral IV del Protocolo de Ouro Preto.
Que el Consejo del Mercado Común creó el Fondo de Financiamiento del Sector Educacional del MERCOSUR denominado "FEM", por intermedio de la Decisión CMC Nº 33/04, con el objetivo de financiar programas y proyectos del Sector Educativo del MERCOSUR que fortalezcan el proceso de integración.
El GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art. 1 — Aprobar la suscripción del "Convenio para la Administración del Fondo para el Sector Educacional del MERCOSUR entre la Corporación Andina de Fomento y el Mercado Común del Sur (MERCOSUR)", que consta como Anexo.
Art. 2 — Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
LX GMC - Montevideo, 19/X/05