SEGUROS
FONDO DE COOPERACION TECNICA Y FINANCIERA - MODIFICACIONES
Resumen:
AFECTAR LA TOTALIDAD DE LOS SALDOS REMANENTES DE LA LIQUIDACION DEL “FONDO DE COOPERACION TECNICA Y FINANCIERA” QUE FUERON GIRADOS, Y QUE SE PUEDAN GIRAR EN EL FUTURO, A LA CUENTA CORRIENTE Nº 3548/98 DE LA SUCURSAL PLAZA DE MAYO DEL BANCO DE LA NACION ARGENTINA, PERTENECIENTE A LA SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, A LOS GASTOS DE ADMINISTRACION DE LA CAJA COMPENSADORA DEL SEGURO COLECTIVO DE VIDA OBLIGATORIO. RATIFICAR LO RESUELTO EN EL ARTICULO 1° DE LA RESOLUCION SSN Nº 35.683 DEL 16 DE SEPTIEMBRE DE 2010. SUSTITUYESE EL ARTICULO 25 DEL ANEXO I DE LA RESOLUCION SSN NRO. 35.333 DEL 16 DE SEPTIEMBRE DE 2010. DEJASE SIN EFECTO EL ARTICULO 10° DE LA RESOLUCION SSN NRO. 35.333 A PARTIR DE LOS ANTICIPOS DE OPERACIONES DEL MES DE ABRIL DE 2012.
Observaciones:
ACLARACION: B.O. 24/07/2012, PAGINA 41.