JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución 36/2019
RESOL-2019-36-APN-SECMA#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2019
VISTO los Expedientes Electrónicos Nros. EX-2019-02508291- -APN-DNSAYFD#JGM, EX-2017-27275807- -APN-DDYMDE#MM, EX-2017-27274448- -APN-DDYMDE#MM y EX-2018-34319222- -APN-DDYMDE#MM, las Leyes Nros. 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, 25.506 y 27.446, el Decreto N° 182 del 11 de marzo de 2019, la Decisión Administrativa N° (DA-2019-103-APN-JGM) del 20 de marzo de 2019, y la Resolución N° (RESOL-2019-2-APN-SECMA#JGM) de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 25.506 de Firma Digital reconoció la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, estableciendo las características de la Infraestructura de Firma Digital.
Que la Ley N° 27.446 designó al entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 25.506.
Que el Decreto Nº 182/2019, reglamentario de la Ley Nº 25.506 de Firma Digital, estableció el procedimiento que los certificadores deben observar para la obtención de una licencia y detalló la documentación exigida para el cumplimiento de las condiciones estipuladas en la mencionada normativa.
Que el citado Decreto Nº 182/2019 prevé la posibilidad de que los certificadores licenciados del sector público constituyan autoridades de registro en organizaciones del sector privado o entes públicos no estatales, previa autorización de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA dependiente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la Decisión Administrativa N° (DA-2019-103-APN-JGM) asignó a la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRAMITACIÓN E IDENTIFICACIÓN A DISTANCIA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, la acción de “Gestionar la Autoridad Certificante de Firma Digital para el Sector Público Nacional y la Autoridad Certificante del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para la Plataforma de Firma Digital Remota y asistir a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA en su administración”.
Que la Resolución N° (RESOL-2019-2-APN-SECMA#JGM) de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA aprobó la Política Única de Certificación, Manual de Procedimientos y otros documentos públicos de la AC ONTI, los cuales establecen los procedimientos y prácticas utilizadas por dicho certificador licenciado y sus Autoridades de Registro.
Que mediante los Expedientes Electrónicos Nros. EX-2019-02508291- -APN-DNSAYFD#JGM, EX-2017-27275807- -APN-DDYMDE#MM, EX-2017-27274448- -APN-DDYMDE#MM y EX-2018-34319222- -APN-DDYMDE#MM tramita la solicitud del COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS para conformarse como Autoridad de Registro de la AC ONTI.
Que en los citados Expedientes Electrónicos obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos que la normativa exige para la conformación de Autoridades de Registro de la AC ONTI.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRAMITACIÓN E IDENTIFICACIÓN A DISTANCIA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 182/2019.
Por ello,
EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase al COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS a cumplir las funciones de Autoridad de Registro de la Autoridad Certificante de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN (AC ONTI).
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Eduardo Nicolás Martelli
SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución 36/2019
RESOL-2019-36-APN-SECMA#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2019
VISTO los Expedientes Electrónicos Nros. EX-2019-02508291- -APN-DNSAYFD#JGM, EX-2017-27275807- -APN-DDYMDE#MM, EX-2017-27274448- -APN-DDYMDE#MM y EX-2018-34319222- -APN-DDYMDE#MM, las Leyes Nros. 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, 25.506 y 27.446, el Decreto N° 182 del 11 de marzo de 2019, la Decisión Administrativa N° (DA-2019-103-APN-JGM) del 20 de marzo de 2019, y la Resolución N° (RESOL-2019-2-APN-SECMA#JGM) de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 25.506 de Firma Digital reconoció la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, estableciendo las características de la Infraestructura de Firma Digital.
Que la Ley N° 27.446 designó al entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 25.506.
Que el Decreto Nº 182/2019, reglamentario de la Ley Nº 25.506 de Firma Digital, estableció el procedimiento que los certificadores deben observar para la obtención de una licencia y detalló la documentación exigida para el cumplimiento de las condiciones estipuladas en la mencionada normativa.
Que el citado Decreto Nº 182/2019 prevé la posibilidad de que los certificadores licenciados del sector público constituyan autoridades de registro en organizaciones del sector privado o entes públicos no estatales, previa autorización de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA dependiente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la Decisión Administrativa N° (DA-2019-103-APN-JGM) asignó a la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRAMITACIÓN E IDENTIFICACIÓN A DISTANCIA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, la acción de “Gestionar la Autoridad Certificante de Firma Digital para el Sector Público Nacional y la Autoridad Certificante del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para la Plataforma de Firma Digital Remota y asistir a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA en su administración”.
Que la Resolución N° (RESOL-2019-2-APN-SECMA#JGM) de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA aprobó la Política Única de Certificación, Manual de Procedimientos y otros documentos públicos de la AC ONTI, los cuales establecen los procedimientos y prácticas utilizadas por dicho certificador licenciado y sus Autoridades de Registro.
Que mediante los Expedientes Electrónicos Nros. EX-2019-02508291- -APN-DNSAYFD#JGM, EX-2017-27275807- -APN-DDYMDE#MM, EX-2017-27274448- -APN-DDYMDE#MM y EX-2018-34319222- -APN-DDYMDE#MM tramita la solicitud del COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS para conformarse como Autoridad de Registro de la AC ONTI.
Que en los citados Expedientes Electrónicos obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos que la normativa exige para la conformación de Autoridades de Registro de la AC ONTI.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRAMITACIÓN E IDENTIFICACIÓN A DISTANCIA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 182/2019.
Por ello,
EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase al COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS a cumplir las funciones de Autoridad de Registro de la Autoridad Certificante de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN (AC ONTI).
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Eduardo Nicolás Martelli
e. 01/04/2019 N° 20756/19 v. 01/04/2019