MERCOSUR/GMC EXT./RES. N° 36/06
PLAN REGIONAL PARA LA PREVENCION Y ERRADICACION DEL TRABAJO INFANTIL EN EL MERCOSUR
VISTO: El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto.
CONSIDERANDO:
Que MERCOSUR en la temática del Trabajo Infantil ha hecho suyo el desafío de la Comunidad Internacional de la priorización de políticas para erradicar este flagelo.
Que en el marco del SGT N° 10 y de la Comisión de Seguimiento de la Declaración Sociolaboral, se han desarrollado diversas iniciativas entre ellas la Declaración Presidencial sobre Erradicación del Trabajo Infantil que constituye un verdadero programa de acción en la materia.
Que como complemento de esta Declaración hoy se eleva para el conocimiento y consideración del Grupo Mercado Común "El Instrumento para el Seguimiento de la Declaración Presidencial del MERCOSUR sobre la Erradicación del Trabajo Infantil".
Que las mismas consideraciones deben realizarse para el Plan Regional que también es sometido a la consideración del Grupo.
La Declaración Presidencial sobre Erradicación del Trabajo Infantil del día 2 de julio del año 2002.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el Plan Regional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en el MERCOSUR, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XXXI GMC EXT. - Córdoba, 18/VII/06