SEGURO DE SALUD
PRESTACIONES MEDICO- ASISTENCIALES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
14-Sep-1990
Resumen:
LOS AGENTES DEL SEGURO DEBERAN PRESENTAR ANTE ESTE ORGANISMO EL PROGRAMA DE PRESTACIONES MEDICO- ASISTENCIALES PARA SUS BENEFICIARIOS EN FORMA ANUAL CON UNA ANTELACION DE (30) DIAS A SU APLICACION.
Observaciones:
ENTENDEMOS QUE EL ART. 8º DE LA RES. SSS 744/04 - BO 4/10/04- AL MODIFICAR LA RESOLUCION INOS 349/90 SE ESTA REFIRIENDO A ESTA NORMA