SANIDAD VEGETAL
INSTITUTO ARG. DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
26-Jun-1995
Resumen:
FIJASE LA TASA RETRIBUTIVA PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE FISCALIZACION DE LOS VEHICULOS EN TRANSITO INTERNACIONAL DE VEGETALES, SUS PARTES, PRODUCTOS Y SUBOPRODUCTOS POR PARTE DEL INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL EN $30 POR CAMION Y$10 POR VAGON, SUMA QUE DEBERA SER DEPOSITADA PREVIO AL IN GRESO DE DICHOS VEHICULOS AL PAIS. LA PRESENTE RES. ENTRARA EN VIGENCIA A PARTIR DE SU PUBLICACION EN EL BOLETIN OFICIAL.
Observaciones:
ABROGADA POR ARTICULO 1 DE LA RESOLUCION N° 41/1998 DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION B.O. 11/02/1998 PAGINA 2.