Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA

Resolución 332/2020

RESOL-2020-332-APN-SEDRONAR#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 19/11/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-75920714-APN-CGDS#JGM, los Decretos Nros. 50 del 19 de diciembre de 2019 y 606 del 20 de julio de 2020, la Decisión Administrativa N° 1865 del 14 de octubre de 2020, las Resoluciones Nros. RESOL-2020-121-APN-MDS de fecha 18 de marzo de 2020 y RESOL-2020-285-APN-MDS del 11 de mayo de 2020, ambas del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud a lo dispuesto en la RESOL-2020-121-APN-MDS se creó el PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSION SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL - “POTENCIAR TRABAJO”.

Que conforme los lineamientos generales y acciones establecidas en su ANEXO identificado como IF-2020-17933572-APN-SSAJI#MSYDS, el mencionado PROGRAMA tiene como objeto contribuir al mejoramiento de la empleabilidad y la generación de nuevas propuestas productivas, a través de la terminalidad educativa, la formación laboral, la certificación de competencias, así como también la creación, promoción y fortalecimiento de unidades productivas gestionadas por personas físicas que se encuentren en situación de alta vulnerabilidad social y económica, con la finalidad de promover su inclusión social plena y mejoramiento progresivo de ingresos con vistas a alcanzar la autonomía económica.

Que por RESOL-2020-285-APN-MDS se aprobaron los lineamientos operativos inherentes al PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL - “POTENCIAR TRABAJO” con arreglo a los términos del IF-2020- 29231120-APN-CSP#MSYDS, que como ANEXO forma parte integrante de la misma.

Que con fecha 26 de agosto de 2020 se suscribió el Convenio de Cooperación entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL (MDS) y la SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (SEDRONAR).

Que su cláusula primera tiene por objeto el establecimiento de estrechas relaciones de cooperación entre “LAS PARTES” orientadas a la realización conjunta de acciones, proyectos y actividades en el marco del Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local “POTENCIAR TRABAJO” a fin de: Capacitar a personas que ya sean titulares del programa como “preventoras y preventores comunitarios” en el marco de instituciones provinciales, municipales y/u organizaciones sociales conveniadas con la “SEDRONAR” e incorporar al PROGRAMA POTENCIAR TRABAJO a quienes se encuentren transitando un proceso de atención y acompañamiento de por lo menos SEIS (6) meses en una institución en el marco de la red de asistencia de la “SEDRONAR” y con la evaluación correspondiente, para su capacitación en estrategias de acompañamiento y cuidado a otras personas en el ámbito de esa misma institución.

Que entre las obligaciones asumidas por SEDRONAR en virtud del CONVENIO se encuentran las de intervenir en aquellos casos en que los potenciales titulares del PROGRAMA se encuentren en el supuesto enunciado en la cláusula primera mencionada ut supra, remitir al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL la nómina de potenciales titulares del PROGRAMA a fin de que sean incluidos al mismo, enviar un plan de actividades a los fines de llevar adelante la implementación de proyectos que se adecuen al marco del PROGRAMA en el que se detallen las acciones a realizar, los espacios donde se llevarán a cabo y la nómina de titulares que intervendrán, con la evaluación correspondiente y realizar la certificación mensual de tareas relativas a los/as titulares incluidos en el PROGRAMA derivados por la “SEDRONAR”.

Que, a tal fin, resulta necesario designar al responsable de articular el cumplimiento de las obligaciones asumidas por la SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (SEDRONAR) mediante el Convenio de Cooperación CONVE-2020-56347535-APN-MDS suscripto oportunamente con el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL en el marco del Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local “POTENCIAR TRABAJO”.

Que por el Decreto Nº 50/19 se aprueba el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, estableciendo en su artículo 6° que hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones vigentes y personal con su actual situación de revista.

Que por el Decreto N° 606/20 se sustituyó, del ANEXO II -Objetivos- aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50/19 y sus modificatorios, en el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los Objetivos de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA y de sus dependientes Subsecretarías, por los obrantes en la PLANILLA ANEXA (IF-2020-38974984-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante del citado Decreto.

Que la Decisión Administrativa N° 1865 del 14 de octubre del 2020 establece dentro de las competencias de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA Y CONTROL DE GESTIÓN DE LA SEDRONAR el colaborar en el diseño de los lineamientos estratégicos de las políticas públicas desarrolladas por la Secretaría, así como también, el monitorear la implementación de la planificación estratégica de programas, los proyectos y planes de las distintas áreas de la Secretaría.

Que, en este sentido, resulta necesaria la creación de un ámbito de coordinación intra e interinstitucional para la correcta implementación de los compromisos asumidos en el marco del Convenio de Cooperación CONVE-2020-56347535-APN-MDS mencionado anteriormente.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES DE LA SEDRONAR ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades atribuidas por los Decretos Nros. 51/19 y 606/20.

Por ello,

LA SECRETARIA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Desígnase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN ESTRATEGICA Y CONTROL DE GESTIÓN DE LA SEDRONAR como responsable del seguimiento y asegurar el cumplimiento de los compromisos emanados del Convenio de Cooperación CONVE-2020-56347535-APN-MDS suscripto con el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL en el marco del Programa Nacional de Inclusión SocioProductiva y Desarrollo Local “POTENCIAR TRABAJO”. A tal fin, actuará como nexo interministerial con la Unidad de Coordinación “POTENCIAR ACOMPAÑAMIENTO” y articulará con la DIRECCIÓN NACIONAL DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO COMUNITARIO, con la DIRECCIÓN NACIONAL DE ATENCIÓN CRÍTICA, con la DIRECCIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CUIDADO EN MATERIA DE DROGAS y con la DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICAS de esta Secretaría en la medida que resulte necesario.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el ANEXO I que como IF-2020-78907891-APN-DNPEYCG#SEDRONAR forma parte integral de la presente Resolución, en el que se detallan las funciones que la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA Y CONTROL DE GESTIÓN DE LA SEDRONAR ejercerá para dar acabado cumplimiento a los compromisos que surgen del Convenio mencionado ut supra.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido archívese.

Gabriela Andrea Torres

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 24/11/2020 N° 57941/20 v. 24/11/2020

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
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