MINISTERIO DE SEGURIDAD
HABILITACION MUNICIPAL ACTUALIZADA -REQUISITO OBLIGATORIO
Resumen:
ESTABLEZCASE COMO REQUISITO OBLIGATORIO LA PRESENTACION DE LA HABILITACION MUNICIPAL ACTUALIZADA O CONSTANCIA EMITIDA POR LA AUTORIDAD COMUNAL QUE CORRESPONDA, RESPECTO DE LA TOTALIDAD DE LOS DOMICILIOS DE ESTABLECIMIENTOS DECLARADOS POR EL OPERADOR, LA QUE NO PODRA EXCEDER DE LOS SESENTA (60) DIAS DESDE LA FECHA DE SU EXPEDICION AL MOMENTO DE TRAMITAR LA INSCRIPCION O REINSCRIPCION ANTE EL REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUIMICOS, SIEMPRE QUE DEL TEXTO DE LA MISMA NO SURJA OTRA FECHA DE VENCIMIENTO. DEROGUESE LA RESOLUCION SE.DRO.NAR. N° 32/15, DE FECHA 30 DE JUNIO DE 2015.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 2° DE LA RESOLUCION 1122/2019 DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD, B.O. 26/11/2019, PAGINA 57. VIGENCIA: VER ARTICULO 3° DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.