SALUD PUBLICA
RECETAS - NOMBRE GENERICO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
07-Jun-2002
Resumen:
ESTABLECESE QUE, TODA RECETA Y/O PRESCRIPCION MEDICA U ODONTOLOGICA DEBE EFECTUARSE EXPRESANDO EL NOMBRE GENERICO DEL MEDICAMENTO O DENOMINACION COMUN INTERNACIONAL QUE SE INDIQUE, SEGUIDA DE FORMA FARMACEUTICA, CANTIDAD DE UNIDADES POR ENVASE Y CONCENTRACION, GARANTIZAN DOSE LA LIBRE PRESCRIPCION DE LOS PROFESIONALES DE LA SALUD, HABILITADOS PARA TAL FIN.