HIDROCARBUROS
RESERVAS COMPROBADAS, NO COMPROBADAS Y RECURSOS
Resumen:
ESTABLECESE QUE LAS EMPRESAS PERMISIONARIAS DE EXPLORACION Y CONCESIONARIAS DE EXPLOTACION DE HIDROCARBUROS DEBERAN PRESENTAR EN FORMA ANUAL LA INFORMACION SOBRE LAS RESERVAS COMPROBADAS, NO COMPROBADAS Y RECURSOS DE HIDROCARBUROS LIQUIDOS Y GASEOSOS CORRESPONDIENTES A LAS AREAS DE LAS CUALES SEAN TITULARES, LA QUE DEBERA ESTAR CERTIFICADA POR AUDITORES EXTERNOS A DICHAS EMPRESAS. CREASE EL REGISTRO DE PROFESIONALES, EMPRESAS Y ENTIDADES CERTIFICADORAS DE RESERVAS Y RECURSOS DE HIDROCARBUROS LIQUIDOS Y GASEOSOS, QUE FUNCIONARA EN EL AMBITO DE LA SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES. ABROGASE LA RESOLUCION Nº 482 DEL 2 DE OCTUBRE DE 1998 DE LA SECRETARIA DE ENERGIA.