SECRETARÍA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA
Resolución 304-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 21/07/2017
VISTO el EX-2017-01954271-APN-DDME#SEDRONAR, la Leyes N° 26.934, N° 26.994 y N° 11.672, el Decreto N° 33/17, la Resolución SE.DRO.NAR. N° 172/14, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 33/17 modificó los objetivos de la SUBSECRETARIA DE ABORDAJE INTEGRAL de la SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, entre los cuales se destaca la coordinación e interacción con organismos gubernamentales a nivel nacional, provincial y municipal, así como con organizaciones no gubernamentales en el territorio nacional, desarrollando acciones y políticas orientadas al abordaje preventivo del consumo problemático de sustancias.
Que dentro de las competencias de la DIRECCION NACIONAL DE ARTICULACION INSTITUCIONAL de la SUBSECRETARIA DE ABORDAJE INTEGRAL también se incluye la coordinación con organizaciones de la sociedad civil para generar mecanismos y acciones de participación social en la temática de adicciones.
Que el artículo 21 de la Ley N° 26.934 – Plan Integral para el Abordaje de los Consumos Problemáticos (Plan IACOP) – faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a articular acciones y firmar convenios con organizaciones no gubernamentales, a fin de desarrollar tareas de prevención dentro de todo el territorio nacional.
Que dentro de la Resolución SE.DRO.NAR. Nº 172/14 que creó el Programa Nacional de Abordaje Integral para la Prevención, Capacitación y Asistencia de las Adicciones, se prevé el procedimiento a seguir para el otorgamiento de subsidios por parte de esta Secretaría de Estado y su respectiva rendición de cuenta.
Que en el documento presentado en el año 2016 por la PRESIDENCIA DE LA NACION, en el que se detallan los cien objetivos de Gobierno se destacan dos prioridades de relevancia para esta Secretaría de Estado: la implementación de estrategias de abordaje integral de la problemática de adicciones con ejes en la prevención y el fomento de la participación ciudadana generada a través del trabajo en equipo entre el Estado y la sociedad.
Que esta Secretaría de Estado, como órgano rector en políticas públicas sobre drogas, debe promover acciones federales e intersectoriales que generen la participación activa de los actores que trabajan en la temática a nivel local y que se encuentran en contacto directo con la sociedad.
Que, en virtud de lo mencionado anteriormente, resulta indispensable generar nuevas líneas de acción que permitan implementar y multiplicar las herramientas de prevención del consumo problemático de sustancias.
Que el Programa de Prevención de Adicciones para Organizaciones de la Sociedad Civil tiene como finalidad contribuir al fortalecimiento del sistema federal para la concertación de programas destinados a la prevención, respetando las características culturales de cada lugar y promover la participación de la sociedad civil a través de organizaciones no gubernamentales, capaces de coordinar con el Estado la implementación de los lineamientos y acciones necesarias para la prevención del consumo problemático de sustancias.
Que a través de la articulación entre el Estado Nacional y las Organizaciones de la Sociedad Civil se pueden generar proyectos y actividades que impulsen la participación comunitaria y lograr con ello que la misma comunidad sea capaz de brindar herramientas sustentables para la prevención de consumo de sustancias con impacto local.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos N° 48/14, N° 33/17 y Nº 45/15.
Por ello,
EL SECRETARIO DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Créase en el ámbito de la SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACION el “PROGRAMA DE PREVENCION DE ADICCIONES PARA ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL”, con los alcances que se especifican en los ANEXOS I (IF-2017-15117148-APN-SEDRONAR) y II (IF-2017-15117299-APN-SEDRONAR), que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Créase la COMISION EVALUADORA del “PROGRAMA DE PREVENCION DE ADICCIONES PARA ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL” de la SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACION como órgano de evaluación técnica, cuyos integrantes se encuentran detallados en el ANEXO II (IF-2017-15117299-APN-SEDRONAR) que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la COMISION EVALUADORA a llevar a cabo las acciones de evaluación y selección de los proyectos presentados en el marco de este Programa y de acuerdo a los parámetros y procedimientos establecidos.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande la implementación del presente Programa se imputará a la partida correspondiente del presupuesto vigente.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Roberto Moro.
I - Fundamentación
Reconociendo el carácter federal del Estado Argentino y la importancia del rol de los distintos actores en la implementación de políticas públicas nacionales, este programa busca fomentar el trabajo interactoral en la tarea del abordaje integral del consumo problemático de sustancias, abocado al diseño de nuevas líneas de acción preventivas.
La reducción de la demanda de drogas implica la realización de acciones de prevención a partir del consenso entre los diferentes actores competentes de la sociedad civil, considerando que dicho abordaje, es una herramienta esencial a la hora de concientizar a la población acerca del consumo abusivo de sustancias.
El objetivo es impulsar el trabajo en conjunto con organizaciones locales de la sociedad civil que, a partir de su contacto con las problemáticas de su propia comunidad, se transforman en actores fundamentales a la hora de abordar integralmente dichos problemas.
Este programa, finalmente, busca promover herramientas innovadoras de prevención del consumo, pasibles de ser replicadas, y con ello fortalecer el universo de organizaciones de la sociedad civil que trabajan junto a diferentes entornos familiares, vecinales, laborales, etc. Para alcanzar estos fines, Estado y organizaciones deben asumir el reto de transformar la realidad trabajando en conjunto.
II - Descripción
El “Programa de Prevención de Adicciones para Organizaciones de la Sociedad Civil” consiste en el otorgamiento de subsidios para la elaboración de proyectos cuyos objetivos y actividades estén orientados a la prevención del consumo problemático de sustancias.
III - Objetivos Específicos
- Colaborar con las Organizaciones en el desarrollo de proyectos con impacto en las comunidades, orientados a la prevención de los consumos problemáticos.
- Fortalecer el carácter participativo federal, teniendo en cuenta el rol activo que llevan a cabo cada una de las provincias en el abordaje de los consumos problemáticos.
- Promover el desarrollo y fortalecimiento de las Organizaciones de la Sociedad Civil que trabajan en la prevención del consumo problemático de sustancias.
IV - Destinatarios
Podrán presentarse a la Convocatoria anual del Programa, según los alcances que establece el Código Civil y Comercial de la Nación, las Asociaciones de la Sociedad Civil y Fundaciones que funcionen en el ámbito de la Nación y cuyo objeto social incluya la temática de prevención del consumo problemático de sustancias psicoactivas.
V - Temáticas
Los proyectos presentados deberán estar enmarcados dentro de los siguientes ámbitos de prevención del consumo problemático de sustancias:
- Contextos de Nocturnidad
- Vulnerabilidad social
- Arte y deporte
Dichos proyectos serán evaluados de acuerdo a las siguientes líneas de acción:
1) Implementación de estrategias en los ámbitos descriptos.
2) Capacitación y Formación
VI - Coordinación
La Dirección Nacional de Articulación Institucional junto con la Dirección Nacional de Prevención en Materia de Drogas de la SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, estarán a cargo de la coordinación del programa, llevando a cabo acciones como: recepción de propuestas, asesoramiento a los participantes, apoyo institucional a la Comisión Evaluadora, y seguimiento de todas aquellas cuestiones técnico administrativas que emanen de la presente resolución y lo establecido en el ANEXO IV de la Resolución SE.DRO.NAR. N° 172/14.
VII - Modalidad y Operatoria
a) La SEDRONAR financiará aquellos proyectos que se enmarquen dentro de la línea de PREVENCIÓN de adicciones.
b) La Comisión Evaluadora estará a cargo de la evaluación técnica para la selección de cada proyecto.
c) La SEDRONAR comunicará a los postulantes que serán beneficiarios del subsidio para la implementación del proyecto que resulte seleccionado.
d) La convocatoria para las presentaciones de proyectos se llevará a cabo anualmente.
e) Cada año se publicarán las Condiciones de Participación correspondientes a la convocatoria de ese período.
f) Las condiciones de otorgamiento, seguimiento y rendición de cuentas de las sumas otorgadas a los destinatarios se instrumentaran a través de un convenio entre las partes.
VII I- Comisión Evaluadora
La Comisión Evaluadora tendrá a su cargo las siguientes tareas:
a) Evaluación técnica inicial de los proyectos.
b) Selección de los beneficiarios y determinación del monto asignado a cada una de ellas tomando como base el criterio de evaluación propuesto en las bases y condiciones.
c) Elaboración de un dictamen final que no será suceptible de impugnación.
IX - Rendición de cuentas
El procedimiento para la rendición de cuentas del subsidio otorgado por el programa, se regirá bajo el esquema establecido en la Resolución SE.DRO.NAR. N° 172/14.
I - Comisión Evaluadora
La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes miembros:
a) El/la titular de la Dirección Nacional del Observatorio Argentino de Drogas de la SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
b) El/la titular de la Dirección Nacional de Prevención en Materia de Drogas de la SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
c) El/la titular de la Dirección Nacional de Abordaje Estratégico de la SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
d) El/la titular de la Dirección Nacional de Articulación Institucional de la SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
e) El/la titular de la Dirección de Desarrollo Territorial de la SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
f) Un representante del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACION ARGENTINA, elegido por el/la Ministro y comunicado a través de nota formal a la SEDRONAR.
Resolución 304-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 21/07/2017
VISTO el EX-2017-01954271-APN-DDME#SEDRONAR, la Leyes N° 26.934, N° 26.994 y N° 11.672, el Decreto N° 33/17, la Resolución SE.DRO.NAR. N° 172/14, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 33/17 modificó los objetivos de la SUBSECRETARIA DE ABORDAJE INTEGRAL de la SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, entre los cuales se destaca la coordinación e interacción con organismos gubernamentales a nivel nacional, provincial y municipal, así como con organizaciones no gubernamentales en el territorio nacional, desarrollando acciones y políticas orientadas al abordaje preventivo del consumo problemático de sustancias.
Que dentro de las competencias de la DIRECCION NACIONAL DE ARTICULACION INSTITUCIONAL de la SUBSECRETARIA DE ABORDAJE INTEGRAL también se incluye la coordinación con organizaciones de la sociedad civil para generar mecanismos y acciones de participación social en la temática de adicciones.
Que el artículo 21 de la Ley N° 26.934 – Plan Integral para el Abordaje de los Consumos Problemáticos (Plan IACOP) – faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a articular acciones y firmar convenios con organizaciones no gubernamentales, a fin de desarrollar tareas de prevención dentro de todo el territorio nacional.
Que dentro de la Resolución SE.DRO.NAR. Nº 172/14 que creó el Programa Nacional de Abordaje Integral para la Prevención, Capacitación y Asistencia de las Adicciones, se prevé el procedimiento a seguir para el otorgamiento de subsidios por parte de esta Secretaría de Estado y su respectiva rendición de cuenta.
Que en el documento presentado en el año 2016 por la PRESIDENCIA DE LA NACION, en el que se detallan los cien objetivos de Gobierno se destacan dos prioridades de relevancia para esta Secretaría de Estado: la implementación de estrategias de abordaje integral de la problemática de adicciones con ejes en la prevención y el fomento de la participación ciudadana generada a través del trabajo en equipo entre el Estado y la sociedad.
Que esta Secretaría de Estado, como órgano rector en políticas públicas sobre drogas, debe promover acciones federales e intersectoriales que generen la participación activa de los actores que trabajan en la temática a nivel local y que se encuentran en contacto directo con la sociedad.
Que, en virtud de lo mencionado anteriormente, resulta indispensable generar nuevas líneas de acción que permitan implementar y multiplicar las herramientas de prevención del consumo problemático de sustancias.
Que el Programa de Prevención de Adicciones para Organizaciones de la Sociedad Civil tiene como finalidad contribuir al fortalecimiento del sistema federal para la concertación de programas destinados a la prevención, respetando las características culturales de cada lugar y promover la participación de la sociedad civil a través de organizaciones no gubernamentales, capaces de coordinar con el Estado la implementación de los lineamientos y acciones necesarias para la prevención del consumo problemático de sustancias.
Que a través de la articulación entre el Estado Nacional y las Organizaciones de la Sociedad Civil se pueden generar proyectos y actividades que impulsen la participación comunitaria y lograr con ello que la misma comunidad sea capaz de brindar herramientas sustentables para la prevención de consumo de sustancias con impacto local.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos N° 48/14, N° 33/17 y Nº 45/15.
Por ello,
EL SECRETARIO DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Créase en el ámbito de la SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACION el “PROGRAMA DE PREVENCION DE ADICCIONES PARA ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL”, con los alcances que se especifican en los ANEXOS I (IF-2017-15117148-APN-SEDRONAR) y II (IF-2017-15117299-APN-SEDRONAR), que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Créase la COMISION EVALUADORA del “PROGRAMA DE PREVENCION DE ADICCIONES PARA ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL” de la SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACION como órgano de evaluación técnica, cuyos integrantes se encuentran detallados en el ANEXO II (IF-2017-15117299-APN-SEDRONAR) que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la COMISION EVALUADORA a llevar a cabo las acciones de evaluación y selección de los proyectos presentados en el marco de este Programa y de acuerdo a los parámetros y procedimientos establecidos.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande la implementación del presente Programa se imputará a la partida correspondiente del presupuesto vigente.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Roberto Moro.
ANEXO I
I - Fundamentación
Reconociendo el carácter federal del Estado Argentino y la importancia del rol de los distintos actores en la implementación de políticas públicas nacionales, este programa busca fomentar el trabajo interactoral en la tarea del abordaje integral del consumo problemático de sustancias, abocado al diseño de nuevas líneas de acción preventivas.
La reducción de la demanda de drogas implica la realización de acciones de prevención a partir del consenso entre los diferentes actores competentes de la sociedad civil, considerando que dicho abordaje, es una herramienta esencial a la hora de concientizar a la población acerca del consumo abusivo de sustancias.
El objetivo es impulsar el trabajo en conjunto con organizaciones locales de la sociedad civil que, a partir de su contacto con las problemáticas de su propia comunidad, se transforman en actores fundamentales a la hora de abordar integralmente dichos problemas.
Este programa, finalmente, busca promover herramientas innovadoras de prevención del consumo, pasibles de ser replicadas, y con ello fortalecer el universo de organizaciones de la sociedad civil que trabajan junto a diferentes entornos familiares, vecinales, laborales, etc. Para alcanzar estos fines, Estado y organizaciones deben asumir el reto de transformar la realidad trabajando en conjunto.
II - Descripción
El “Programa de Prevención de Adicciones para Organizaciones de la Sociedad Civil” consiste en el otorgamiento de subsidios para la elaboración de proyectos cuyos objetivos y actividades estén orientados a la prevención del consumo problemático de sustancias.
III - Objetivos Específicos
- Colaborar con las Organizaciones en el desarrollo de proyectos con impacto en las comunidades, orientados a la prevención de los consumos problemáticos.
- Fortalecer el carácter participativo federal, teniendo en cuenta el rol activo que llevan a cabo cada una de las provincias en el abordaje de los consumos problemáticos.
- Promover el desarrollo y fortalecimiento de las Organizaciones de la Sociedad Civil que trabajan en la prevención del consumo problemático de sustancias.
IV - Destinatarios
Podrán presentarse a la Convocatoria anual del Programa, según los alcances que establece el Código Civil y Comercial de la Nación, las Asociaciones de la Sociedad Civil y Fundaciones que funcionen en el ámbito de la Nación y cuyo objeto social incluya la temática de prevención del consumo problemático de sustancias psicoactivas.
V - Temáticas
Los proyectos presentados deberán estar enmarcados dentro de los siguientes ámbitos de prevención del consumo problemático de sustancias:
- Contextos de Nocturnidad
- Vulnerabilidad social
- Arte y deporte
Dichos proyectos serán evaluados de acuerdo a las siguientes líneas de acción:
1) Implementación de estrategias en los ámbitos descriptos.
2) Capacitación y Formación
VI - Coordinación
La Dirección Nacional de Articulación Institucional junto con la Dirección Nacional de Prevención en Materia de Drogas de la SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, estarán a cargo de la coordinación del programa, llevando a cabo acciones como: recepción de propuestas, asesoramiento a los participantes, apoyo institucional a la Comisión Evaluadora, y seguimiento de todas aquellas cuestiones técnico administrativas que emanen de la presente resolución y lo establecido en el ANEXO IV de la Resolución SE.DRO.NAR. N° 172/14.
VII - Modalidad y Operatoria
a) La SEDRONAR financiará aquellos proyectos que se enmarquen dentro de la línea de PREVENCIÓN de adicciones.
b) La Comisión Evaluadora estará a cargo de la evaluación técnica para la selección de cada proyecto.
c) La SEDRONAR comunicará a los postulantes que serán beneficiarios del subsidio para la implementación del proyecto que resulte seleccionado.
d) La convocatoria para las presentaciones de proyectos se llevará a cabo anualmente.
e) Cada año se publicarán las Condiciones de Participación correspondientes a la convocatoria de ese período.
f) Las condiciones de otorgamiento, seguimiento y rendición de cuentas de las sumas otorgadas a los destinatarios se instrumentaran a través de un convenio entre las partes.
VII I- Comisión Evaluadora
La Comisión Evaluadora tendrá a su cargo las siguientes tareas:
a) Evaluación técnica inicial de los proyectos.
b) Selección de los beneficiarios y determinación del monto asignado a cada una de ellas tomando como base el criterio de evaluación propuesto en las bases y condiciones.
c) Elaboración de un dictamen final que no será suceptible de impugnación.
IX - Rendición de cuentas
El procedimiento para la rendición de cuentas del subsidio otorgado por el programa, se regirá bajo el esquema establecido en la Resolución SE.DRO.NAR. N° 172/14.
IF-2017-15117148-APN-SEDRONAR
ANEXO II
I - Comisión Evaluadora
La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes miembros:
a) El/la titular de la Dirección Nacional del Observatorio Argentino de Drogas de la SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
b) El/la titular de la Dirección Nacional de Prevención en Materia de Drogas de la SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
c) El/la titular de la Dirección Nacional de Abordaje Estratégico de la SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
d) El/la titular de la Dirección Nacional de Articulación Institucional de la SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
e) El/la titular de la Dirección de Desarrollo Territorial de la SECRETARIA DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
f) Un representante del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACION ARGENTINA, elegido por el/la Ministro y comunicado a través de nota formal a la SEDRONAR.
IF-2017-15117299-APN-SEDRONAR
e. 26/07/2017 N° 52893/17 v. 26/07/2017
e. 26/07/2017 N° 52893/17 v. 26/07/2017