HACIENDAS
CLENBUTEROL - MEDIDAS SANITARIAS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
26-Oct-1995
Resumen:
SANIDAD ANIMAL. ADOPTANSE MEDIDAS SANITARIAS ADECUADAS QUE ASEGUREN LA INEXISTENCIA DE RIESGOS PARA LA SALUD DE LA POBLACION, EN HACIENDAS EN LAS QUE SE CONSTATEN RESULTADOS POSITIVOS A LA PRESENCIA DE CLENBUTEROL.
Observaciones:
ABROGADA POR ART. 2° DE LA RESOLUCION N° 913/2010 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - B.O. 17/07/2012 - PAG. 33