SEGUROS
PROHIBICION DE CONTRATOS EN MONEDA EXTRANJERA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
12-Oct-2004
Resumen:
SEGUROS DE RENTA VITALICIA PREVISIONAL Y DE RENTAS VITALICIAS DERIVADAS DE LA LEY NRO. 24.557. ESTABLECESE QUE LA MONEDA DEL CONTRATO SERA LA DE CURSO LEGAL Y FORZOSO.