Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR COORDINACION Y DESARROLLO


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO

SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL

Resolución 3/2019

RESOL-2019-3-APN-SECCYDT#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 04/02/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2018-27405675- -APN-DGD#MA del Registro del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Resolución Nº 419 de fecha 6 de julio de 2015 del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y la Resolución N° RESOL-2017-330-APN-MA de fecha 1 de noviembre de 2017 del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 419 de fecha 6 de julio de 2015 del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se creó el Sello “Producido por la Agricultura Familiar” en el ámbito de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR del citado ex Ministerio.

Que la Resolución N° RESOL-2017-330-APN-MA de fecha 1 de noviembre de 2017 del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, reglamentó el uso y administración del Sello “Producido por la Agricultura Familiar”.

Que en su Artículo 21 la referida Resolución N° RESOL-2017-330-APN-MA establece que la Autoridad de Aplicación del Sello “Producido por la Agricultura Familiar” dispondrá, dentro del territorio de cada provincia, de técnicos especialmente habilitados para cumplir con las tareas de fiscalización del cumplimiento de los requisitos involucrados en tal régimen por parte de los solicitantes y/o autorizados al uso temporario del Sello.

Que en su Artículo 22 la mencionada Resolución N° RESOL-2017-330-APN-MA prevé que la Autoridad de Aplicación designará, por medio de los correspondientes actos administrativos, a los técnicos de su estructura que estarán funcionalmente habilitados para producir los informes y efectuar los controles referidos, estableciendo asimismo los requisitos que deberán cumplir esos agentes a los efectos de tal habilitación.

Que la Dirección Nacional de Programas de Desarrollo Regional, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR Y DESARROLLO TERRITORIAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, efectuó una evaluación de los antecedentes y capacitación de técnicos de la estructura, en base a los requisitos previstos en el referido Artículo 22 la citada Resolución N° RESOL-2017-330-APN-MA, promoviendo a resulta de ella la designación de SESENTA Y CUATRO (64) agentes, incluidos en la nómina del Anexo que, registrado con el Nº IF-2019-04510183-APN-DNPDR#MPYT forma parte integrante de la presente Resolución, que ha ponderado cumplen con los requerimientos establecidos para ser habilitados, en los respectivos territorios provinciales.

Que el Artículo 27 de la mencionada Resolución N° RESOL-2017-330-APN-MA establece a la SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL de la referida Secretaría de Gobierno como la Autoridad de Aplicación del régimen inherente al Sello “Producido por la Agricultura Familiar”.

Que en virtud de los señalado resulta procedente el dictado de la presente Resolución con el objeto de perfeccionar la designación de los SESENTA Y CUATRO (64) técnicos propuestos, pertenecientes a la estructura de la citada SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL, a fin de que se encuentren en condiciones reglamentarias de cumplir las tareas de fiscalización previstas para el régimen del Sello “Producido por la Agricultura Familiar”.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas en el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018, sus modificatorios y complementarios, y la Resolución N° RESOL-2017-330-APN-MA de fecha 1 de noviembre de 2017 del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA FAMILIAR, COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Desígnanse a los agentes de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE TRABAJO Y PRODUCCIÓN, que conforman la nómina del Anexo registrado con el N° IF-2019-04510183-APN-DNPDR#MPYT que forma parte integrante de la presente medida, como técnicos habilitados, dentro del territorio de la provincia que en cada caso se indica, para la elaboración y suscripción de los informes previos al otorgamiento de las autorizaciones de uso del Sello “Producido por la Agricultura Familiar”, como así también para realizar los controles que se efectúen con posterioridad a tal otorgamiento, dirigidos a constatar que se mantengan vigentes las condiciones que dieron lugar al mismo.

ARTÍCULO 2°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Hardie

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 06/02/2019 N° 6266/19 v. 06/02/2019

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
Scroll hacia arriba