COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL
CASOS DE CONSULTORIAS Y EMPRESAS CONSULTORAS - INTERPRETACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
16-Abr-2012
Resumen:
INTERPRETAR QUE EN LOS CASOS DE CONSULTORIAS Y EMPRESAS CONSULTORAS, A LAS QUE HACE REFERENCIA EL 2º PARRAFO DEL ART. 10 DEL CONVENIO MULTILATERAL, EL SERVICIO OBJETO DE LA PRESTACION DEBE CORRESPONDER AL EJERCICIO DE UNA PROFESION LIBERAL.