SEGUROS
CONTABILIZACION DE PRESTAMOS GARANTIZADOS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
05-Dic-2002
Resumen:
LAS ENTIDADES SUJETAS AL CONTROL DE ESTA SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, QUE ADQUIERAN PRESTAMOS GARANTIZADOS CON POSTERIORIDAD AL CANJE DE DEUDA PUBLICA NACIONAL PREVISTO EN EL DECRETO NRO. 1387/2001 Y NORMAS COMPLEMENTARIAS, DEBERAN CONTABILIZAR LOS MISMOS DE CONFORMIDAD A LOS CRITERIOS QUE SE INDICAN EN LOS ARTICULOS SIGUIENTES.