Ministerio del Interior
y
Ministerio de Economía y Producción
POLICIA FEDERAL ARGENTINA
Resolución Conjunta 16/2007 y 289/2007
Adecúase el Fondo Rotatorio de la Jurisdicción 30, Ministerio del Interior, Servicio Administrativo Financiero 326, Policía Federal Argentina.
Bs. As., 30/4/2007
VISTO el Expediente Nº S02:0003089/2007 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, las Leyes Nros. 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y 26.198 de Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el ejercicio 2007, los Decretos Nros. 2380 del 28 de diciembre de 1994 y 899 del 11 de diciembre de 1995, las Decisiones Administrativas Nros. 148 del 16 de julio de 1996 y 1 del 15 de enero de 2007, las Resoluciones Nros. 562 del 19 de diciembre de 1994, 591 del 30 de diciembre de 1994 y 48 del 5 de septiembre de 1996, todas de la SECRETARIA DE HACIENDA, las Disposiciones Nros. 1 del 6 de enero de 1995, 10 del 25 de enero de 1996 y 18 del 6 de marzo de 1996 todas de la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION, y
CONSIDERANDO:
Que por las citadas normas legales se establecen los procedimientos básicos para la creación y ampliación de Fondos Rotatorios y Cajas Chicas de los Servicios Administrativos Financieros de la Administración Central dependientes del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que el artículo 5º del Decreto Nº 2380 del 28 de diciembre de 1994, fijó los montos de los Fondos Rotatorios en un máximo equivalente al TRES POR CIENTO (3%) de la sumatoria de los créditos originales para cada ejercicio, correspondientes a los conceptos autorizados en el artículo 7º de la misma norma legal, modificada por el artículo 1º del Decreto Nº 899 del 11 de diciembre de 1995.
Que la Ley Nº 26.198 aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el ejercicio 2007 y fue distribuido mediante la Decisión Administrativa Nº del 15 de enero de 2007, conforme el artículo 5º de la citada ley.
Que la POLICIA FEDERAL ARGENTINA debe adecuar el monto constituido mediante Resolución Conjunta Nº 21 del MINISTERIO DEL INTERIOR y Nº 477 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION del 8 de junio de 2006, a nivel total y por fuente de financiamiento, conforme lo dispuesto por el artículo 6º del Decreto Nº 2380 del 28 de diciembre de 1994, en base a los créditos asignados para el ejercicio 2007.
Que han tomado la intervención de su competencia la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION y la TESORERIA GENERAL DE LA NACION, ambas dependientes de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que la presente se dicta en uso de las facultades dispuestas por el artículo 6º del Decreto Nº 2380 del 28 de diciembre de 1994.
Por ello,
EL MINISTRO DEL INTERIOR
Y
LA MINISTRA DE ECONOMIA Y PRODUCCION
RESUELVEN:
Artículo 1º — Adecúase, el Fondo Rotatorio de la Jurisdicción 30 – MINISTERIO DEL INTERIOR – SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO 326 – POLICIA FEDERAL ARGENTINA a la suma de PESOS NUEVE MILLONES ($ 9.000.000), correspondiendo a la Fuente de Financiamiento 11 la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 4.500.000) y a la Fuente de Financiamiento 13 la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 4.500.000).
Art. 2º — Facúltase al Superintendente de Administración de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA para disponer gastos y pagos con cargo al Fondo Rotatorio.
Art. 3º — La cantidad máxima autorizada para cada gasto individual con cargo al Fondo Rotatorio, que se adecua por el artículo 1º de la presente será de hasta PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000), a excepción de los pagos de servicios básicos que puedan realizarse, para los que no se observará límite alguno.
Art. 4º — Se podrán realizar gastos con cargo al Fondo Rotatorio para los conceptos del clasificador por objeto del gasto especificados en el artículo 7º del Decreto Nº 2380 del 28 de diciembre de 1994, y su modificatorio, el artículo 1º del Decreto Nº 899 del 11 de diciembre de 1995.
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Felisa Miceli.