MINISTERIO DE ECONOMIA
CAMMESA
Resumen:
ESTABLECESE QUE LAS SOCIEDADES TITULARES DE LOS PROYECTOS DE GENERACION DE ENERGIA ELECTRICA A PARTIR DE FUENTES RENOVABLES DE ENERGIA QUE RESULTARON ADJUDICATARIOS DE CONTRATOS DE ABASTECIMIENTO DE ENERGIA ELECTRICA RENOVABLE SUSCRIPTOS CON LA COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA), EN EL MARCO DE LAS RONDAS 2 Y 3 DEL PROGRAMA RENOVAR, POR LAS RESOLUCIONES NROS. 473 DE FECHA 30 DE NOVIEMBRE DE 2017 Y 488 DE FECHA 19 DE DICIEMBRE DE 2017, AMBAS DEL EX MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA Y 100 DE FECHA 14 DE NOVIEMBRE DE 2018, MODIFICADA POR LA RESOLUCION N° 90 DE FECHA 11 DE MARZO DE 2019, AMBAS DE LA EX SECRETARIA DE GOBIERNO DE ENERGIA DEL EX MINISTERIO DE HACIENDA, O QUE FUERON HABILITADOS A SOLICITAR SU INCORPORACION AL REGIMEN DE FOMENTO NACIONAL DE LAS ENERGIAS RENOVABLES DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCION N° 202 DE FECHA 28 DE SEPTIEMBRE DE 2016 DEL EX MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA, Y QUE NO HAYAN ALCANZADO LA FECHA DE HABILITACION COMERCIAL, PODRAN SOLICITAR ANTE CAMMESA LA RESCISION DE SU CONTRATO DE ABASTECIMIENTO SUJETA AL CUMPLIMIENTO DE DETERMINADOS REQUISITOS.