Presidencia de la Nación

AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO


AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO

Resolución 28-E/2018

Ciudad de Buenos Aires, 17/01/2018

VISTO el Expediente EX-2018-00467876-APN-SG#ACUMAR, la Ley Nº 26.168, la Ley N° 19.549, el Decreto N° 1759/72 - T.O. 2017, la Resolución Presidencia ACUMAR N° 5/2017, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.168 creó la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR) como ente de derecho público interjurisdiccional, con competencias en el área de la Cuenca Matanza Riachuelo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los partidos de Lanús, Avellaneda, Lomas de Zamora, Esteban Echeverría, La Matanza, Ezeiza, Cañuelas, Almirante Brown, Morón, Merlo, Marcos Paz, Presidente Perón, San Vicente, y General Las Heras, de la Provincia de Buenos Aires.

Que la citada Ley de creación establece en su artículo 2º in fine que la ACUMAR dictará sus reglamentos de organización interna y de operación.

Que en uso de sus facultades la ACUMAR dictó la Resolución Presidencia ACUMAR Nº 5/2017, mediante la cual se aprobó el Reglamento de Organización Interna de la ACUMAR y su Estructura Organizativa.

Que mediante el artículo 74 del Anexo I de la referida resolución, se creó la UNIDAD DE SUMARIOS ADMINISTRATIVOS dependiente de la Presidencia, con la misión de sustanciar todo lo vinculado con los sumarios administrativos e informaciones sumarias que ordene instruir el Presidente de la ACUMAR.

Que a fin de asegurar una mayor inmediatez respecto de la decisión del inicio de las informaciones sumarias, tendientes a la comprobación de la existencia de hechos que pudieran dar lugar a la instrucción de sumarios, se torna necesario delegar asimismo la facultad para ordenar su instrucción, en los Directores de las diversas unidades orgánicas de la ACUMAR.

Que el artículo 2° del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1759/72 - T.O. 2017, establece que -a fin de asegurar la celeridad, economía, sencillez y eficacia de los trámites- los órganos directivos de entes descentralizados podrán delegar facultades en sus inferiores jerárquicos.

Que ha tomado intervención la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la ACUMAR.

Que el CONSEJO DIRECTIVO de la ACUMAR aprobó la presente medida e instruyó a la Señora Presidente de la ACUMAR a la suscripción del acto administrativo correspondiente.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26.168 y la Resolución Presidencia ACUMAR N° 5/2017.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Delégase en los funcionarios con rango de Director, la facultad de ordenar el inicio de las informaciones sumarias respecto del personal que se desempeñe en las áreas a su cargo.

ARTÍCULO 2°.- La presente entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dorina Bonetti.

e. 19/01/2018 N° 3178/18 v. 19/01/2018
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