MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO - DISPENSA DEL DEBER DE ASISTENCIA AL LUGAR DE TRABAJO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
01-Abr-2020
Resumen:
LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS ALCANZADOS POR EL “AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” QUEDARAN DISPENSADOS DEL DEBER DE ASISTENCIA AL LUGAR DE TRABAJO. CUANDO SUS TAREAS U OTRAS ANALOGAS PUEDAN SER REALIZADAS DESDE EL LUGAR DE AISLAMIENTO DEBERAN EN EL MARCO DE LA BUENA FE CONTRACTUAL, ESTABLECER CON SU EMPLEADOR LAS CONDICIONES EN QUE DICHA LABOR SERA REALIZADA.