Ministerio del Interior
CIRCUITOS ELECTORALES
Resolución 274/2009
Modificación de circuitos electorales correspondientes a la Ciudad de Rafaela de la Provincia de Santa Fe.
Bs. As., 20/3/2009
VISTO el Expediente Nº S02:0000096/2009 del registro de este Ministerio, el artículo 40 del Código Electoral Nacional aprobado por Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que, es propiciada por el Juzgado Federal con competencia Electoral de la Provincia de Santa Fe la subdivisión de los circuitos electorales 128 A y 128 B, correspondientes a la ciudad de Rafaela de dicha provincia.
Que a partir de tal modificación su nueva fisonomía electoral estará conformada por los circuitos electorales identificados como 128 A, 128 B, 128 C y 128 D.
Que analizados los antecedentes traídos a consideración, y constatada la conformidad prestada por las autoridades locales a la iniciativa, según manda del artículo 40 inciso 1 del Cuerpo Legal mentado en el Visto, resulta pertinente aprobar lo dispuesto por la judicatura.
Que al respecto, deberá tomarse nota de la modificación operada, por parta de la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL en el marco de la tarea de actualización de la cartografía electoral asumida por dicho organismo.
Que la DIRECCION GENERAL. DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la debida intervención.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas en el inciso 3) del artículo 40, del Código Electoral Nacional aprobado por la Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DEL INTERIOR
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébese la subdivisión de los Circuitos 128 A, y 128 B, correspondientes a la Ciudad de Rafaela de la Provincia de Santa Fe, y su consecuente reemplazo por los Circuitos Nº 128 A, 128 B, 128 C y 128 D, los que quedan conformados y limitados, según la descripción obrante en el Anexo I de la presente medida, de conformidad con lo resuelto por el Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Provincia de Santa Fe.
Art. 2º — Por la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL se procederá a la actualización de la información cartográfica obrante en dicha Dependencia.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Florencio Randazzo.
"LIMITES DE LOS CIRCUITOS DE LA CIUDAD DE RAFAELA - SANTA FE"
CIRCUITO 128 A: | |
Al norte | Padre Corti hasta J. V. Gonzalez |
Peterlin de J. V. Gonzalez a Aconcagua | |
Brasil de Aconcagua a Tetamantti | |
Al Sur | Bv. Santa Fe (Vereda Par) |
Al Oeste | Bv. Lehmann (Vereda Par) |
Al Este | J. V. González a Padre Corti a Peterlin |
Aconcagua de Peterlin a Av. Brasil | |
Tetamantti de Av. Brasil a Bv. Santa Fe | |
CIRCUITO 128 B: | |
Al Norte | E. D’ Agostino que continúa como J.A.R. Oliveras |
Al Sur | BV. Roca (Vereda Par) |
Al Oeste | J. A. Piovano |
Al Este | Bv. Lehmann (Vereda Impar) |
CIRCUITO 128 C: | |
Al Norte | Bv. Roca (Vereda Impar) |
Al Sur | Vieytes a Tosello |
Las Violetas de Tosello a Ruta 34 | |
P. de los Arcos de Ruta 34 a Santos Dumont | |
Al Oeste | Santos Dumont |
Al Este | Bv. Irigoyen (Vereda Par) |
CIRCUITO 128 D: | |
Al Norte | Bv. Santa Fe (Vereda Impar) |
Al Sur | Marchini de Bv. Irigoyen a Río de Janeiro |
A. del Valle de Río de Janeiro a Tetamantti | |
Al Oeste | Bv. Irigoyen (Vereda Impar) |
Al Este | Tetamantri a A. del Valle |
Río de Janeiro a Marchini |