SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
RECONOCIMIENTO DE LA CAPACIDAD ECONOMICA DE LOS BENEFICIARIOS Y/O DE SU GRUPO FAMILIAR
Resumen:
LEY Nº 19.279 Y SUS MODIFICACIONES. DECRETO Nº 1313/93. RECONOCIMIENTO DE LA CAPACIDAD ECONOMICA DE LOS BENEFICIARIOS Y/O DE SU GRUPO FAMILIAR. REQUISITOS Y CONDICIONES. RESOLUCION GENERAL Nº 3711 (DGI). SU SUSTITUCION. DEJASE SIN EFECTO, A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA PRESENTE, LA RESOLUCION GENERAL Nº 3711 (DGI), SIN PERJUICIO DE SU APLICACION A LOS HECHOS Y SITUACIONES ACAECIDAS DURANTE SU VIGENCIA —Y A LAS SOLICITUDES MENCIONADAS EN EL ARTICULO 8º DE LA PRESENTE— CONFORME A LO PREVISTO EN DICHO ARTICULO. TODA CITA EFECTUADA EN NORMAS VIGENTES RESPECTO DE LA RESOLUCION GENERAL CITADA EN EL PARRAFO ANTERIOR DEBE ENTENDERSE REFERIDA A ESTA RESOLUCION GENERAL.
Observaciones:
FE DE ERRATAS: B.O. 4/12/2009, PAGINA 20. ABROGADA POR EL ARTICULO 39 DE LA RESOLUCION GENERAL 3247 DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, B.O. 09/01/2012, PAGINA 14. VIGENCIA: VER ARTICULO 38 DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.