Ministerio de Salud
PRESTACIONES MEDICAS
Resolución 271/2003
Modifícase la Resolución N° 428/99 a fin de readecuar los aranceles vigentes para el transporte del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a Favor de las Personas con Discapacidad.
Bs. As., 2/9/2003
VISTO el Expediente N° 2002-5313/03-3 del Registro de este Ministerio, las Resoluciones Ministeriales N° 428 de fecha 23 de junio de 1999 y N° 36 de fecha 12 de junio de 2003, y
CONSIDERANDO
Que por el artículo primero de la citada Resolución Ministerial N° 428/99 se aprobó el NOMENCLADOR DE PRESTACIONES BASICAS PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Que mediante la Resolución Ministerial N° 36/03 se readecuaron los aranceles vigentes para algunas prestaciones del SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD de acuerdo a lo solicitado por el DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Que en la reunión ordinaria del mencionado DIRECTORIO de fecha 29 de abril de 2003, de la que da cuenta el Acta N° 146, se trató el aumento de los aranceles para el transporte, de las prestaciones del SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DICAPACIDAD.
Que el DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD ha acordado establecer un incremento del 57% al valor por kilómetro previsto en la Resolución Ministerial N° 428/99, fijándose el mismo en pesos cincuenta y cinco centavos ($ 0,55).
Que la Presidencia de la COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS DISCAPACITADAS, mediante Nota N° 896/03, solicita considerar lo acordado por el citado DIRECTORIO en cuanto al incremento del arancel vigente para el transporte.
Que es competencia de este MINISTERIO DE SALUD el dictado de una nueva Resolución que modifique la Resolución Ministerial N° 428/99 en este aspecto.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la 'Ley de Ministerios T.O. 1992', modificada por la Ley N° 25.233.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1° — Modifícase la Resolución Ministerial N° 428 de fecha 23 de junio de 1999 a fin de readecuar los aranceles vigentes para el transporte del SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, fijándose el mismo en un valor por kilómetro de pesos cincuenta y cinco centavos ($ 0,55), de acuerdo a lo solicitado por el DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Art. 2° — El incremento de arancel dispuesto en el artículo anterior, se compensará, mientras dure la Emergencia Sanitaria Nacional, con los fondos previstos en el artículo 4°, inciso j) del Decreto N° 1277/03.
Art. 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Ginés M. González García.
(Nota Infoleg: Ver las readecuaciones de los aranceles vigentes para las prestaciones del SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, en el texto actualizado de la Resolución N° 428/1999 Ministerio de Salud y Acción Social)