Subsecretaría de la Gestión Pública
y
Secretaría de Hacienda
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
Resolución Conjunta 27/2004
Incorpóranse, homológanse y deróganse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas unidades pertenecientes al citado Instituto, organismo descentralizado del Ministerio de Desarrollo Social.
Bs. As., 15/4/2004
VISTO el Expediente N° 000671/04 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto N° 721 del 25 de agosto de 2000, el Decreto N° 993 (t.o. 1995) de fecha 27 de mayo de 1991, mediante el cual se aprobó el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SINAPA) y la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION N° 11 de fecha 3 de febrero de 1992, sus complementarias y modificatorias; y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 721/00 se aprobó la estructura organizativa de primeras aperturas del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL (INAES), organismo descentralizado en jurisdicción del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que resulta indispensable proceder a la adecuación del Nomenclador de Funciones Ejecutivas, según estructura organizativa dada por Decreto N° 721/00, en cuanto a los cargos de conducción de primer nivel operativo de la jurisdicción.
Que la presente medida tiene por finalidad otorgar al INAES la operatividad mínima indispensable para el logro de los objetivos para los cuales fue creado, y poder encauzar al mismo hacia la elaboración y aprobación de una nueva organización, enmarcada en los parámetros establecidos por el Decreto N° 357/02, que permita lograr una mayor eficiencia y eficacia en la materia.
Que las resoluciones mencionadas en último término en el VISTO aprobaron distintas etapas del Nomenclador de Funciones Ejecutivas correspondientes a cargos, a los que se les asignó el índice de ponderación pertinente y cuyo personal revista en el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa.
Que en relación lo determinado en los considerados emitidos ut supra, se hace necesario adecuar el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del INAES, incorporando las unidades que sean pertinentes por el presente acto, como así también, homologar y derogar otras.
Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a través de la Oficina Nacional de Innovación de Gestión ha tomado la intervención que le compete conforme la normativa citada, efectuando el análisis y ponderación de los niveles de Función Ejecutiva correspondientes.
Que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION a través de la Oficina Nacional de Presupuesto, ha constatado la existencia de créditos vigentes para la medida propugnada en la presente norma.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 7° de la Decisión Administrativa N° 02/04.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE LA GESTION PUBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Y
EL SECRETARIO DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
RESUELVEN:
Artículo 1° — Incorpórense al Nomenclador de Funciones Ejecutivas las unidades pertenecientes al INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, según el detalle obrante en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente.
Art. 2° — Homológuense en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas las unidades pertenecientes al INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, según el detalle obrante en el Anexo II, que forma parte integrante de la presente.
Art. 3° — Deróguense del Nornenclador de Funciones Ejecutivas las unidades pertenecientes al INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, según el detalle obrante en el Anexo III que forma parte integrante de la presente.
Art. 4° — La presente adecuación del Nomenclador de Funciones Ejecutivas, sólo tendrá vigencia hasta tanto se apruebe la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, en los términos establecidos por el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — Norberto Ivancich. — Carlos A. Mosse.
ANEXO I
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Incorporaciones
Unidad organizativa | Nivel |
SECRETARIA DE DESARROLLO Y PROMOCION | |
Gerencia de Capacitación y Fomento | III |
SECRETARIA DE CONTRALOR | |
Gerencia de Inspección | III |
Gerencia de Intervenciones e Infracciones | III |
ANEXO II
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Homologaciones
Unidad organizativa | Nivel |
SECRETARIA DE REGISTRO NACIONAL DE | COOPERATIVAS Y MUTUALES |
Gerencia de Registro y Legislación | III |
(Denominación anterior: Gerencia de Registro y Consultoría Legal - Nivel III) | |
Gerencia de Administración y Finanzas | III |
(Denominación anterior: Gerencia de Recaudación y Administración - Nivel III) |
ANEXO III
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Derogaciones
Unidad organizativa | Nivel |
Gerencia de Desarrollo Cooperativo y Mutual | III |
Subgerencia de Educación | IV |
Gerencia de Fiscalización y Contralor Cooperativo y Mutual | III |