PESCA
PESCA POR ARRASTRE - AREA DE VEDA -
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
14-Jun-2000
Resumen:
ESTABLECESE UN AREA DE VEDA TOTAL PARA LA PESCA POR ARRASTRE PARA TODO TIPO DE BUQUES, A CONSECUENCIA DE LA CRITICA SITUACION DE LA ESPECIE MERLUZA COMUN.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 1° DE LA RESOLUCION 126/2018 DEL MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, B.O. 31/05/2018, PAGINA 23. VIGENCIA: VER ARTICULO 2° DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.