VITIVINICULTURA
VINOS NUEVOS - EXPORTACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
09-Nov-2007
Resumen:
ESTABLECESE QUE SE PODRAN EXPORTAR VINOS NUEVOS QUE SE ENCUENTREN ENOLOGICAMENTE ESTABLES, SIEMPRE QUE ESTOS POSEAN UN GRADO ALCOHOLICO IGUAL O SUPERIOR A ONCE COMA CINCO POR CIENTO VOLUMEN SOBRE VOLUMEN.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 2° DE LA RESOLUCION 11/2019 DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, B.O. 03/04/2019, PAGINA 31.