ENSEÑANZA PRIVADA
INSTITUTOS PRIVADOS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
08-Mar-1990
Resumen:
INFORMACION QUE DEBERAN SUMINISTRAR LOS INSTITUTOS PRIVADOS AUTORIZADOS, RECONOCIDOS O INCORPORADOS A LA ENSEÑANZA OFICIAL DE TODAS LAS JURISDICCIONES Y LOS ESTABLECIMIENTOS COMPRENDIDOS EN EL ARTICULO 2º, INCISOS B) Y C) DE LA LEY NUMERO 13.047.