IMPUESTOS
COMERCIALIZACION DE GRANOS NO DESTINADOS A LA SIEMBRAY LEGUMBRES SECAS
Resumen:
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. LEY SEGUN TEXTO ORDENADO EN 1997 Y SUS MODIFICACIONES. COMERCIALIZACION DE GRANOS NO DESTINADOS A LA SIEMBRA —CEREALES Y OLEAGINOSOS— Y LEGUMBRES SECAS —POROTOS, ARVEJAS Y LENTEJAS —. REGIMEN DE RETENCION. RESOLUCION GENERAL Nº 2300. NORMA COMPLEMENTARIA Y MODIFICATORIA.
Observaciones:
FE DE ERRATAS: B.O. 21/04/2009, PAGINA 19. FE DE ERRATAS: B.O. 5/05/2009, PAGINA 10. ABROGADA POR EL ARTICULO 9° DE LA RESOLUCION GENERAL 3744 DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, ASI COMO EL APLICATIVO DENOMINADO REGISTRACION OPERACIONES DE GRANOS - F1116 VERSION 2.0 Y EL FORMULARIO DE DECLARACION JURADA F 8008, B.O. 02/03/2015, PAGINA 11. TODA CITA EFECTUADA EN DISPOSICIONES VIGENTES RESPECTO DE LA PRESENTE RESOLUCION GENERAL DEBE ENTENDERSE REFERIDA A RESOLUCION GENERAL 3744/2015.