Presidencia de la Nación

DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD


MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD

Resolución Nº 2582/2011

Bs. As., 29/11/2011

VISTO el Expediente Nº 20.780/2011 (Expediente OCCOVI Nº 6599/2011 del Registro del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES); y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 1167 de fecha 15 de julio de 1994, el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobó los Contratos de Concesión de Obra Pública de los Accesos Norte, Oeste y Riccheri a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y la adjudicación de las concesiones a las Empresas AUTOPISTA DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA, GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA, y AEC SOCIEDAD ANONIMA respectivamente.

Que mediante el Decreto Nº 1638 de fecha 20 de setiembre de 1994, el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobó la Reformulación del Contrato de Concesión de Obra Pública de la Autopista BUENOS AIRES - LA PLATA y la adjudicación de la concesión a la Empresa COVIARES SOCIEDAD ANONIMA.

Que los mencionados Contratos de Concesión de Obra Pública fueron objeto de la renegociación autorizada por el Artículo 9º de la Ley Nº 25.561.

Que el proceso de renegociación derivó en el dictado de los Decretos Nº 296 de fecha de 15 de marzo de 2006 (Acceso Norte), Nº 298 de fecha 15 de marzo de 2006 (Acceso Oeste), Nº 42 de fecha 25 de enero de 2007 (Acceso Riccheri) y Nº 1057 de fecha 21 de julio de 2010 (Autopista BUENOS AIRES - LA PLATA), por medio de los cuales, se ratificaron los Acuerdos de Renegociación Contractual suscriptos por la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS actuante en el ámbito del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y las respectivas Empresas Concesionarias.

Que la Cláusula Octava de los referidos Acuerdos de Renegociación Contractual de los Accesos Norte, Oeste y Riccheri a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y Décimo Segunda de la Autopista BUENOS AIRES - LA PLATA establecen que las variaciones de precios que pudieran producirse en los costos relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones de la concesión, a partir de la suscripción del mismo, serán consideradas a la luz de su incidencia dentro del PLAN ECONOMICO FINANCIERO (PEF) y en la Tasa Interna de Retorno del Contrato de Concesión.

Que por Decreto Nº 614 de fecha 26 de mayo de 2009, el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobó el cálculo de la incidencia que las variaciones de precios operadas desde el mes de diciembre de 2005 hasta el mes de noviembre de 2008, han tenido en los costos relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones incluidas en el PEF de la concesión de AEC SOCIEDAD ANONIMA, y el nuevo Cuadro Tarifario del Contrato de Concesión.

Que por Resolución Nº 1880 de fecha 1º de octubre de 2010 del Registro de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, se aprobó el Cuadro Tarifario vigente que aplica solo parcialmente el cálculo de la incidencia aprobado por el Decreto Nº 614/2009.

Que por Decreto Nº 1409 de fecha 30 de septiembre de 2010, el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobó el cálculo de la incidencia que las variaciones de precios operadas desde el mes de junio de 2009 hasta el mes de junio de 2010, han tenido en los costos relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones incluidas en el PEF de la concesión de AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA.

Que por Resolución 1881 de fecha 1º de octubre de 2010 del Registro de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, se aprobó el Cuadro Tarifario vigente que aplica solo parcialmente el cálculo de la incidencia aprobado por el Decreto Nº 1409/2010.

Que por Decreto Nº 1408 de fecha 30 de septiembre de 2010, el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobó el cálculo de la incidencia que las variaciones de precios operadas desde el mes de junio de 2009 hasta el mes de junio de 2010, han tenido en los costos relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones incluidas en el PEF de la concesión de GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA.

Que por Resolución Nº 1879 de fecha 1º de octubre de 2010 del Registro de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, se aprobó el Cuadro Tarifario vigente que aplica solo parcialmente el cálculo de la incidencia aprobado por el Decreto Nº 1408/2010.

Que actualmente el Estado Nacional, a través de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, en su carácter de Autoridad de Aplicación de las Concesiones Viales vigentes, considera oportuno y conveniente aprobar el cálculo de la incidencia que las variaciones de precios operadas desde el 1º de diciembre de 2008 hasta el 31 de julio de 2011 en el Acceso Riccheri, desde el 1º de julio de 2010 hasta el 30 de junio de 2011 en el Acceso Oeste, desde el 1º de julio de 2010 hasta el 31 de mayo de 2011 en el Acceso Norte y desde el 1º de mayo de 2008 hasta el 30 de abril de 2011 en la Autopista BUENOS AIRES - LA PLATA, han tenido en los costos relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones incluidas en el PLAN ECONOMICO FINANCIERO de las mencionadas concesiones.

Que corresponde asimismo fijar los cuadros tarifarios correspondientes, aplicando el cálculo de incidencia a aprobarse en cada caso.

Que ha tomado la intervención de su competencia el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, organismo desconcentrado dependiente de esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD.

Que asimismo, ha tomado intervención la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS a través de Dictamen Nº 44.535 de fecha 30 de noviembre de 2011.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Ley Nº 505/58, ratificado por Ley Nº 14.467, el Decreto Nº 1020 de fecha 30 de julio de 2009 y el Decreto Nº 543 de fecha 21 de abril de 2010.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébanse los cálculos de la incidencia que las variaciones de precios operadas desde el 1º de diciembre de 2008 hasta el 31 de julio de 2011 en el Acceso Riccheri a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES; desde el 1º de julio de 2010 hasta el 30 de junio de 2011 en el Acceso Oeste a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES; desde el 1º de julio de 2010 hasta el 31 de mayo de 2011 en el Acceso Norte a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y desde el 1º de mayo de 2008 hasta el 30 de abril de 2011 en la Autopista BUENOS AIRES - LA PLATA, han tenido en los costos relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones incluidas en el PLAN ECONOMICO FINANCIERO (PEF) de las respectivas concesiones, que como ANEXOS I, II, III y IV respectivamente, forman parte integrante del presente medida.

ARTICULO 2º — Autorízase la aplicación de un aumento tarifario del VEINTE (20%) POR CIENTO para todas las categorías de los Cuadros Tarifarios actualmente aplicados al público usuario de las Concesiones de los Accesos Norte, Oeste y Riccheri a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y de la Autopista BUENOS AIRES - LA PLATA.

ARTICULO 3º — Determínase que la tarifa resultante de aplicar el incremento porcentual indicado en el artículo 2º deberá ser redondeada a múltiplo de CINCUENTA CENTAVOS ($ 0,50) estableciéndose de esta forma la tarifa a abonar por el público usuario.

ARTICULO 4º — Instrúyase a las Empresas Concesionarias AUTOPISTA DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA, GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA, AEC SOCIEDAD ANONIMA y COVIARES SOCIEDAD ANONIMA, a elaborar y presentar ante el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, los Cuadros Tarifarios resultantes de la aplicación de la presente.

ARTICULO 5º — Notifíquese a las empresas Concesionarias AUTOPISTA DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA, GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA, AEC SOCIEDAD ANONIMA y COVIARES SOCIEDAD ANONIMA, por alguno de los medios previstos en el Artículo 41 del Reglamento de la Ley de Procedimientos Administrativos - Decreto Nº 1759/72 (T.O. 1991).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. NELSON G. PERIOTTI, Administrador General, Dirección Nacional de Vialidad.

ANEXO I

ACCESO RICCHERI

AEC S.A.

INDICES DE VARIACION DE PRECIOS


INDICES para:

InversionesGastos
19931,012072011,02498868
19941,010627981,01420213
19951,051858661,08059995
19961,016762051,03681577
19971,021921471,02397161
19981,004914611,01656334
19991,016562331,00996820
20001,079548141,00556972
20011,082071680,99368862
20021,837365381,28017355
20032,264179771,48238850
20042,465601131,65635526
20052,670509791,89768268
20062,911405552,27158619
20073,227338072,67695077
20083,779850093,10243423
20094,400624363,45682135
20105,187723344,13531653
20116,138433984,86876349
20126,283385174,93910035

CALCULO DE LA INCIDENCIA QUE LAS VARIACIONES DE PRECIOS OPERADAS DESDE EL MES DE DICIEMBRE DE 2008 HASTA EL MES DE JULIO DE 2011, HAN TENIDO EN LOS COSTOS DE OPERACION, MANTENIMIENTO INVERSIONES INCLUIDAS EN EL PLAN ECONOMICO FINANCIERO (FU) DE LA CONCESION
AUTOPISTA RICHERI-EZEIZA-CAÑUELAS



ANEXO II

ACCESO OESTE - GCO S.A.

INDICES DE VARIACION DE PRECIOS


INDICES para:

InversionesGastos
19931,012072011,02250732
19941,010627981,01539546
19951,051858661,07794014
19961,016762051,03965667
19971,021921471,02904621
19981,004914611,02372820
19991,016562331,01641198
20001,079548141,01133832
20011,082071680,99953736
20021,837365381,28397166
20032,264179771,48304961
20042,465601131,64385702
20052,670509791,87415291
20062,911405552,22525806
20073,227338072,60174591
20083,779850092,99708112
20094,400557693,32537701
20105,188196173,95281142
20116,083003154,58547154
20126,174322614,61595990

CALCULO DE LA INCIDENCIA QUE LAS VARIACIONES DE PRECIOS OPERADAS DESDE EL MES DE JULIO DE 2010 HASTA EL MES JUNIO DE 2011, HAN TENIDO EN LOS COSTOS DE OPERACION, MANTENIMIENTO E INVERSIONES, INCLUIDAS EN EL PLAN ECONOMICO Y FINANCIERO (PEF) DE LA CONCESION
GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA



ANEXO III

ACCESO NORTE - AUSOL S.A.

INDICES DE VARIACION DE PRECIOS

INDICES para:

InversionesGastos
19931,012072011,02250732
19941,010627981,01539546
19951,051858661,07794014
19961,016762051,03965667
19971,021921471,02904621
19981,004914611,02372820
19991,016562331,01641198
20001,079548141,01133832
20011,082071680,99953736
20021,837365381,28397166
20032,264179771,48304961
20042,465601131,64385702
20052,670509791,87415291
20062,911405552,22525806
20073,227338072,60174591
20083,779850092,99708112
20094,400557693,32537701
20105,188195983,95282553
20116,054956564,59296363
20126,128523224,63297694

CALCULO DE LA INCIDENCIA QUE LAS VARIACIONES DE PRECIOS OPERADAS DESDE EL MES DE JULIO DE 2010 HASTA EL MES DE MAYO DE 2011, HAN TENIDO EN LOS COSTOS DE OPERACION, MANTENIMIENTO E INVERSIONES INCLUIDOS EN EL PLAN ECONOMICO FINANCIERO (PEF) DE LA CONCESION
AUTOPISTA DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA



ANEXO IV

AUTOPISTA BUENOS AIRES - LA PLATA

Indices de Variación de Precios hasta abril de 2011
INDICE PARA OBRAS (Base: PERIODO 0 = 1)PERIODOINDICE PARA GASTOS (Base: PERIODO 0 = 1)
1,0000000MAY/93-ABRIL941,000000
1,0146381MAY/94-ABRIL/951,024701
1,0262812MAY95-ABRIL/961,061274
1,0016673MAY96-ABRIL/971,014309
1,0033974MAY97-ABRIL981,018057
0,9900665MAY98-ABRIL991,007954
1,0250256MAY99-ABRIL001,003897
1,0681967MAY00-ABRIL010,994779
1,1215958MAY01-ABRIL021,012925
2,1543949MAY02-ABRIL031,389215
2,25446710MAY03-ABRIL041,517952
2,49293911MAY04-ABRIL051,673464
2,69392412MAY05-ABRIL061,960653
2,93614513MAY06-ABRIL072,308976
3,29989214MAY07-ABRIL082,697421
3,91905515MAY08-ABRIL093,068188
4,54224816MAY09-ABRIL103,455452
5,35744517MAY10-ABRIL114,173007
5,95830218MAY10-ABRIL124,562489
5,95830219MAY10-ABRIL134,562489
5,95830220MAY10-ABRIL144,562489
5,95830221MAY10-ABRIL154,562489
5,95830222MAY10-ABRIL164,562489
5,95830223MAY10-ABRIL174,562489
5,95830224MAY10-ABRIL184,562489

AUTOPISTA BUENOS AIRES - LA PLATA

CALCULO DE LA INCIDENCIA QUE LAS VARIACIONES DE PRECIOS OPERADAS DESDE MAYO DE 2008 HASTA ABRIL DE 2011, HAN TENIDO EN LOS COSTOS DE INVERSION, MANTENIMIENTO Y OPERACION DE LA AUTOPISTA BUENOS AIRES - LA PLATA



e. 02/12/2011 N° 161557/11 v. 12/12/2011
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