Presidencia de la Nación

REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS


MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS


Resolución 2566/2014


Bs. As., 9/9/2014

VISTO el Expediente Nº S02:0003882/2014 del registro de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley Nº 17.671 de Identificación, Clasificación y Registro del Potencial Humano Nacional, sus modificatorias y complementarias, el Decreto Nº 1501 del 20 de octubre de 2009, las Resoluciones Nº 1800 del 26 de octubre de 2009, Nº 585 del 16 de marzo de 2012, Nº 797 del 16 de abril de 2012 y Nº 736 del 14 de mayo de 2013, de la citada Dirección Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 1501/09 se facultó a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS a la utilización de tecnologías digitales para la identificación de los/as ciudadanos/as nacionales y extranjeros/as y para la emisión del Documento Nacional de Identidad (DNI).

Que asimismo, el citado Decreto autorizó a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS a diseñar y aprobar las características del DNI con su nomenclatura, descripción y detalles de seguridad e inviolabilidad, conforme las facultades conferidas por el artículo 11 de la Ley Nº 17.671 y sus modificatorias.

Que mediante las Resoluciones RNP Nº 1800/09, Nº 585/12, Nº 797/12 y Nº 736/13 se aprobó el diseño, características y detalle del Documento Nacional de Identidad.

Que desde el lanzamiento del Nuevo DNI se han incorporado, siguiendo las últimas tecnologías en materia de seguridad, datos de relevancia para el titular en la personalización del documento, que han transformado al DNI en un soporte documentario que acredita identidad, al tiempo que facilita a sus titulares el ejercicio de sus derechos.

Que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) es el Organismo del PODER EJECUTIVO NACIONAL responsable de asignar el Código Unico de Identificación Laboral (CUIL), elemento esencial para garantizar a toda la población su derecho a la Seguridad Social en nuestro país.

Que la Constancia de CUIL es un instrumento que se extiende para ser utilizado frente a diversos organismos y/o dependencias públicas y privadas; siendo su uso extendido como requisito para realizar trámites habituales, como resulta ser el cambio de Obra Social o realizar trámites bancarios; así como también puede ser solicitada por empleadores al comienzo de la actividad laboral.

Que mediante la labor conjunta del REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS y la ANSES, con el objeto de simplificar trámites y ahorrar tiempo para los ciudadanos, así como también en beneficio del Estado en cuanto al uso más eficiente y el acceso seguro a información y datos que hoy se encuentran dispersos, se considera oportuno y necesario incorporar el número de CUIL como un dato impreso en el DNI de los ciudadanos que tramiten su documento a partir de la fecha dispuesta por la presente.

Que a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el párrafo precedente, se ha definido la operatoria de trabajo mediante la cual la ANSES será responsable de la generación y transmisión automática al REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, de un número de CUIL para los recién nacidos que tramitan su primer DNI, para aquellos ciudadanos que aún no lo poseen y para todos aquellos que ya cuentan con número de CUIL a los fines de su incorporación en el DNI.

Que la DIRECCION GENERAL TECNICA JURIDICA de este Organismo ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 17.671 y sus modificatorias, y las disposiciones del Decreto Nº 1501/2009.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Establécese que a partir del día 12 de septiembre de 2014, el número de CUIL de los ciudadanos será incorporado como dato en el reverso del Documento Nacional de Identidad.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. MORA ARQUETA, Directora Nacional, Registro Nacional de las Personas.

e. 12/09/2014 Nº 67666/14 v. 12/09/2014
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