MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
Resolución Nº 251/2012
Bs. As., 6/3/2012
VISTO el Expediente Nº 11.945/2008 del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES de este MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 15.930 y los Decretos Nros. 232 del 29 de enero de 1979 y 1571 del 9 de octubre de 1981, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 15.930 establece la supervisión del ARCHIVO GENERAL DE LA NACION dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR sobre todos los archivos administrativos de la Nación.
Que el Decreto Nº 232 del 29 de enero de 1979 establece la intervención en todo proyecto de medidas a proponer o dictar sobre sus respectivos archivos y que se relacionen con el descarte de documentos, su microfilmación, conservación o traslado, de la ex SUBSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, que requerirá el dictamen de la DIRECCION GENERAL DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION.
Que el Artículo 2º del Decreto Nº 1571 del 9 de octubre de 1981 faculta a los señores Ministros y Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACION para designar a los integrantes de las Comisiones de Selección de Documentos para ordenar por resolución la eliminación de los documentos.
Que en el mismo artículo se establece que tales funcionarios podrán delegar las mencionadas facultades en las autoridades superiores de los Organismos Descentralizados, Servicios de Cuentas Especiales y Obras Sociales de su dependencia, cuando el volumen, la importancia del fondo documental y la operatividad así lo justifiquen.
Que la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES de este MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS recibe, genera y procesa importantes volúmenes de información derivada del control, fiscalización y verificación en materia de telecomunicaciones y postal, control y administración del espectro radioeléctrico inclusive el de radiodifusión, homologación de equipos y materiales de uso específico en telecomunicaciones, resolución en instancia administrativa de los reclamos de los usuarios u otras partes interesadas en relación con los servicios bajo su control, percepción de las tasas, derechos y aranceles en materia de telecomunicaciones y postal, aplicación de las sanciones previstas en las licencias, autorizaciones o permisos y en la normativa aplicable en el ámbito postal y de las telecomunicaciones y en el cumplimiento de las demás funciones que tiene atribuidas por el Decreto Nº 1185 de fecha 22 de junio de 1990 y sus modificatorios.
Que estos volúmenes de documentación derivan de las tareas de control sobre los operadores de los mercados de las telecomunicaciones y postal, que alcanzan a aproximadamente UN MIL (1.000) de licenciatarios de servicios de telecomunicaciones con CUATRO MIL DOSCIENTOS (4.200) servicios registrados, CIENTO TREINTA (130) empresas inscriptas en el Registro de Prestadores de Servicios Postales, SIETE MIL (7.000) usuarios del espectro radioeléctrico que en su conjunto poseen cerca de VEINTE MIL (20.000) autorizaciones, VEINTITRES MIL SEISCIENTOS (23.600) radioaficionados, CINCO MIL (5.000) operadores de radiocomunicaciones y el ejercicio del poder de policía sobre todos los servicios controlados.
Que es indispensable poner orden en todo lo referente a la situación del archivo de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Que en este contexto se considera necesario y conveniente delegar las facultades determinadas por el Artículo 2º del Decreto Nº 1571 del 9 de octubre de 1981 en la Autoridad Superior de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS, dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Decreto Nº 1571 del 9 de octubre de 1981.
Por ello,
EL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Deléganse en la Autoridad Superior de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES de este MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, las facultades determinadas en el Artículo 2º del Decreto Nº 1571 del 9 de octubre de 1981 para designar a los integrantes de las Comisiones de Selección Documental y para ordenar por resolución la eliminación de los documentos desafectados.
ARTICULO 2º — Una vez constituida la Comisión de Selección Documental, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES deberá dar cumplimiento al Artículo 2º del Decreto Nº 232 de fecha 29 de enero de 1979.
ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Arq. JULIO M. DE VIDO, Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
Resolución Nº 251/2012
Bs. As., 6/3/2012
VISTO el Expediente Nº 11.945/2008 del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES de este MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 15.930 y los Decretos Nros. 232 del 29 de enero de 1979 y 1571 del 9 de octubre de 1981, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 15.930 establece la supervisión del ARCHIVO GENERAL DE LA NACION dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR sobre todos los archivos administrativos de la Nación.
Que el Decreto Nº 232 del 29 de enero de 1979 establece la intervención en todo proyecto de medidas a proponer o dictar sobre sus respectivos archivos y que se relacionen con el descarte de documentos, su microfilmación, conservación o traslado, de la ex SUBSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, que requerirá el dictamen de la DIRECCION GENERAL DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION.
Que el Artículo 2º del Decreto Nº 1571 del 9 de octubre de 1981 faculta a los señores Ministros y Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACION para designar a los integrantes de las Comisiones de Selección de Documentos para ordenar por resolución la eliminación de los documentos.
Que en el mismo artículo se establece que tales funcionarios podrán delegar las mencionadas facultades en las autoridades superiores de los Organismos Descentralizados, Servicios de Cuentas Especiales y Obras Sociales de su dependencia, cuando el volumen, la importancia del fondo documental y la operatividad así lo justifiquen.
Que la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES de este MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS recibe, genera y procesa importantes volúmenes de información derivada del control, fiscalización y verificación en materia de telecomunicaciones y postal, control y administración del espectro radioeléctrico inclusive el de radiodifusión, homologación de equipos y materiales de uso específico en telecomunicaciones, resolución en instancia administrativa de los reclamos de los usuarios u otras partes interesadas en relación con los servicios bajo su control, percepción de las tasas, derechos y aranceles en materia de telecomunicaciones y postal, aplicación de las sanciones previstas en las licencias, autorizaciones o permisos y en la normativa aplicable en el ámbito postal y de las telecomunicaciones y en el cumplimiento de las demás funciones que tiene atribuidas por el Decreto Nº 1185 de fecha 22 de junio de 1990 y sus modificatorios.
Que estos volúmenes de documentación derivan de las tareas de control sobre los operadores de los mercados de las telecomunicaciones y postal, que alcanzan a aproximadamente UN MIL (1.000) de licenciatarios de servicios de telecomunicaciones con CUATRO MIL DOSCIENTOS (4.200) servicios registrados, CIENTO TREINTA (130) empresas inscriptas en el Registro de Prestadores de Servicios Postales, SIETE MIL (7.000) usuarios del espectro radioeléctrico que en su conjunto poseen cerca de VEINTE MIL (20.000) autorizaciones, VEINTITRES MIL SEISCIENTOS (23.600) radioaficionados, CINCO MIL (5.000) operadores de radiocomunicaciones y el ejercicio del poder de policía sobre todos los servicios controlados.
Que es indispensable poner orden en todo lo referente a la situación del archivo de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Que en este contexto se considera necesario y conveniente delegar las facultades determinadas por el Artículo 2º del Decreto Nº 1571 del 9 de octubre de 1981 en la Autoridad Superior de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS, dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Decreto Nº 1571 del 9 de octubre de 1981.
Por ello,
EL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Deléganse en la Autoridad Superior de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES de este MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, las facultades determinadas en el Artículo 2º del Decreto Nº 1571 del 9 de octubre de 1981 para designar a los integrantes de las Comisiones de Selección Documental y para ordenar por resolución la eliminación de los documentos desafectados.
ARTICULO 2º — Una vez constituida la Comisión de Selección Documental, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES deberá dar cumplimiento al Artículo 2º del Decreto Nº 232 de fecha 29 de enero de 1979.
ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Arq. JULIO M. DE VIDO, Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
e. 12/03/2012 N° 22764/12 v. 12/03/2012