Presidencia de la Nación

MINISTERIO DEL INTERIOR


Ministerio del Interior

ARCHIVOS SOBRE DOCUMENTACION NAZI

Resolución 25/2003

Requiérese al Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo, la realización de una investigación tendiente a establecer si se ha ordenado la destrucción u ocultamiento de documentación referida con la presunta migración de criminales de guerra ligados al nazismo, y a la Dirección Nacional de Migraciones a que proceda a poner a disposición del Ministerio del Interior, la respectiva información.

Bs. As., 23/6/2003

VISTO el Expediente N° 005.193/2003 del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que el Expediente citado en el Visto se origina en la nota de fecha 17 de diciembre de 2002 remitida a este Departamento de Estado, por el Director de Relaciones Internacionales y el Representante para América Latina del Centro Simón Wiesenthal, mediante la cual solicitan "...una serie de documentos a los cuales se hace referencia en el Libro "La auténtica Odessa: la fuga nazi a la Argentina de Perón"... de Uki Goñi".

Que asimismo solicitan que, particularmente en el caso del MINISTERIO DEL INTERIOR se les facilite "...una serie de documentos obrantes en la Dirección Nacional de Migraciones...".

Que, según sus dichos, la documentación correspondiente a diversos aspectos de los procesos que atravesaron "criminales de guerra" ligados con el nazismo, desde el momento en que formularon el pedido de la visa Argentina en Europa hasta su ingreso efectivo al país, habría sido destruida.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL ha dictado el Decreto N° 232 del 3 de febrero de 1992, en cuyo artículo 1° se deja sin efecto toda reserva por "razones de Estado" de documentación relacionada con criminales nazis. Asimismo su artículo 2° dispone que todo organismo del ESTADO NACIONAL que mantenga reservada en sus archivos por idénticas razones, la documentación a que hace referencia el artículo antes citado, deberá ponerla a disposición de la DIRECCION GENERAL DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION dentro del plazo allí establecido.

Que por el Decreto N° 390 del 6 de mayo de 1997 se creó la COMISION PARA EL ESCLAEl RECIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES DEL NAZISMO EN LA REPUBLICA ARGENTINA, en concordancia con la clara voluntad del GOBIERNO NACIONAL de arbitrar medidas conducentes al esclarecimiento de las actividades del régimen nazi, permitiendo dar a publicidad la documentación que mantenían reservada los organismos oficiales.

Que en virtud de lo expuesto es necesario encomendar al INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO, la realización de la pertinente investigación, con el objeto de establecer si se ha ordenado la destrucción u ocultamiento de la documentación referida a diversos aspectos de los procesos que atravesaron "criminales de guerra" ligados con el nazismo, desde el momento en que formularon el pedido de visa Argentina en Europa hasta su ingreso efectivo al país.

Que sin perjuicio de ello, a fin de ponderar acabadamente lo expuesto en la nota que da origen al Expediente citado en el Visto, se considera necesario contar con la documentación aludida, que se encuentra en poder de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES la que deberá ser puesta a disposición de este Departamento de Estado.

Que el Servicio Jurídico Permanente de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 103 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 17 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR

RESUELVE:

Artículo 1° — Requiérase a la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, que proceda a poner a disposición de este Ministerio, la documentación correspondiente a la información presuntamente relacionada con la migración de criminales de guerra ligados al nazismo.

Art. 2° — Requiérase al INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO, que proceda a realizar las investigaciones pertinentes, con el objeto de establecer si se ha ordenado la destrucción u ocultamiento de la documentación relacionada con la presunta migración de criminales de guerra ligados al nazismo.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal D. Fernández.

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