SISTEMA NACIONAL DE PREVISION
CALENDARIO DE PAGOS - VENCIMIENTOS -
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
04-Jun-2001
Resumen:
ESTABLECESE QUE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DEBERA APROBAR EN LO SUCESIVO SUS CALENDARIOS DE PAGO MENSUALES SEGéN VEINTE GRUPOS DE PAGO, A PARTIR DE LOS HABERES MENSUALES DEVENGADOS DURANTE EL MES DE JULIO DE 2001, QUE SE ABONAN EL MES SIGUIENTE.