MINISTERIO DE TRANSPORTE
FONDO DE COMPENSACION AL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR URBANO DEL INTERIOR DEL PAIS
Resumen:
ESTABLECESE LA DISTRIBUCION PARCIAL CORRESPONDIENTE AL “FONDO DE COMPENSACION AL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR URBANO DEL INTERIOR DEL PAIS”, CREADO POR EL ARTICULO 125 DE LA LEY DE PRESUPUESTO DE GASTOS Y RECURSOS DE LA ADMINISTRACION NACIONAL PARA EL EJERCICIO 2019 N° 27.467, Y PRORROGADO POR EL ARTICULO 72 DE LA LEY DE PRESUPUESTO DE GASTOS Y RECURSOS DE LA ADMINISTRACION NACIONAL PARA EL EJERCICIO 2021 N° 27.591, POR UN MONTO MENSUAL DE HASTA PESOS UN MIL QUINIENTOS MILLONES ($ 1.500.000.000.-), PARA CADA UNO DE LOS MESES DE JUNIO, JULIO Y AGOSTO, TODOS DEL AÑO 2021, TOTALIZANDO LA SUMA DE PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS MILLONES ($ 4.500.000.000.-), DESTINADA A COMPENSAR A LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE PUBLICO AUTOMOTOR URBANO Y SUBURBANO, PROVINCIALES Y MUNICIPALES, NO INCLUIDOS EN EL ARTICULO 2° DE LA LEY N° 25.031.