JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
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Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
26-Ago-2016
Resumen:
PUBLICIDAD OFICIAL. SE CONSIDERA PUBLICIDAD OFICIAL A TODA FORMA DE COMUNICACION, ANUNCIO O CAMPANA INSTITUCIONAL, DE CARACTER ONEROSO, GRATUITO O CEDIDO POR IMPERIO LEGAL, EFECTUADA A TRAVES DE CUALQUIER MEDIO DE COMUNICACION, POR LOS ORGANISMOS ENUMERADOS EN EL ARTICULO 8O DE LA LEY 24.156, EL BANCO DE LA NACION ARGENTINA Y SUS EMPRESAS VINCULADAS, PARA DIFUNDIR ACCIONES O INFORMACIONES DE INTERES PUBLICO.