OBRAS SOCIALES
BENEFICIARIOS ADHERENTES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
13-Jul-2001
Resumen:
ESTABLECESE QUE LAS OBRAS SOCIALES QUE CUENTEN CON PLANES POR LOS QUE SE ADMITE LA INCORPORACION DE BENEFICIARIOS ADHERENTES Y QUE PRETENDAN AUMENTAR EL MONTO DE LAS CUOTAS QUE ESTOS ABONAN DEBERAN REQUERIR PREVIAMENTE AUTORIZACION, DEBIENDO CUMPLIMENTAR LO DISPUESTO EN LA RESOLUCION NRO. 490/90- INOS.
Observaciones:
ABROGADA POR RESOLUCION Nº 218/2007 ARTICULO 7º - BOLETIN OFICIAL 04/05/2007 - PAGINA 10.-