MINISTERIO DE TRANSPORTE
Resolución 24/2016
Bs. As., 23/02/2016
VISTO el Expediente N° S02:0007178/2016 del registro de este Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 6° de la Ley N° 27.161 se creó la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.), en la órbita del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, con sujeción al régimen establecido por la Ley N° 20.705, disposiciones pertinentes de la Ley General de Sociedades N° 19.550 (T.O. 1984) y sus modificatorias y a las normas de su Estatuto, la que tiene por objeto la prestación del Servicio Público de Navegación Aérea, de conformidad con los alcances previstos en el Artículo 2° de dicha ley, con excepción de los servicios de navegación aérea prestados por el MINISTERIO DE DEFENSA en los aeródromos que por razones de defensa nacional se enuncian en el Anexo I de la misma.
Que el Artículo 9° de la Ley N° 27.161, dispuso que el entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE debía aprobar dentro del plazo de DIEZ (10) días corridos, desde la entrada en vigencia de dicha ley, el Acta Constitutiva y el Estatuto Societario de la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.).
Que por conducto de la Resolución N° 1443 de fecha 10 de agosto de 2015, el entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE aprobó el Modelo de Acta de Constitución y el Estatuto Societario de la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.).
Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se sustituyeron el Artículo 1° y el Título V de la Ley de Ministerios (Texto Ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, entre otras, incorporándose el MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que, en consecuencia, el Artículo 21 de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92, y normas modificatorias) asignó las competencias a las que el MINISTERIO DE TRANSPORTE deberá ajustar su accionar, en todo lo inherente al transporte aéreo, ferroviario, automotor, fluvial y marítimo y a la actividad vial.
Que, en este marco, el Decreto N° 8 de fecha 4 de enero de 2016 aprobó una nueva conformación organizativa de los niveles políticos del MINISTERIO DE TRANSPORTE y los objetivos de sus unidades.
Que el Artículo 3° del citado decreto incorporó al Anexo III, aprobado por el Artículo 3° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 —correspondiente al ámbito jurisdiccional en los que actuarán distintos organismos— el Apartado XXVIII MINISTERIO DE TRANSPORTE, donde se incluyó a la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.).
Que por la Resolución N° 11 de fecha 28 de enero de 2016, el MINISTERIO DE TRANSPORTE reemplazó el Anexo I de la Resolución N° 1443/2015 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, continente del Modelo de Acta de Constitución y el Estatuto Societario de la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA ha tomado intervención, en razón del Artículo 9° del Decreto N° 8/2016.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27.161, sus normas reglamentarias y complementarias y el Decreto N° 8/2016.
Por ello,
EL MINISTRODE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébanse las disposiciones complementarias del Acta Constitutiva de la Empresa Argentina de Navegación Aérea Sociedad del Estado (EANA S.E.), que como Anexo I forma parte integrante de la presente, en el marco de lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley N° 27.161, sus normas reglamentarias y complementarias.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. GUILLERMO J. DIETRICH, Ministro de Transporte de la Nación.
I) SUSCRIPCIÓN E INTEGRACIÓN DEL CAPITAL: El capital social asciende a CINCO MILLONES (5.000.000) de certificados nominativos de UN PESO ($ 1.-) cada uno, correspondientes al CIEN POR CIENTO (100%) del Capital Social de la Sociedad, que asciende a CINCO MILLONES DE PESOS ($ 5.000.000).- Conforme el Artículo primero de la resolución dictada por el Administrador Nacional de Aviación Civil número 66 de fecha 3 de febrero de 2016, se establece un aporte inicial de UN MILLÓN DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($ 1.250.000) que corresponde al VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del Capital Social, y que se integrará a requerimiento del Ministerio de Transporte con el crédito vigente afectado a la Administración Nacional de Aviación Civil.- II) ÓRGANO DE DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN: Se designan para integrar el Directorio, DIRECTORES TITULARES: Doctor Agustín RODRÍGUEZ GRELLET e Ingeniero Alberto Andrés GUEVARA, a propuesta del Ministerio de Transporte, Doctor Rubén Orfel LANCETA, a propuesta del Ministerio de Defensa. Se designa Presidente del Directorio al Doctor Agustín RODRÍGUEZ GRELLET y Vicepresidente del Directorio al Ingeniero Alberto Andrés GUEVARA.- III) COMISIÓN FISCALIZADORA: Se designan para integrar la Comisión Fiscalizadora, SÍNDICOS TITULARES: Contador Orlando Francisco PELAYA (Documento Nacional de Identidad número 8.352.614), Doctora Mara Denise FELDMAN (Documento Nacional de Identidad número 20.404.589) y Contador Marcelo Eduardo COUVIN (Documento Nacional de Identidad número 12.588.247); y SÍNDICOS SUPLENTES: Contador Walter MINER (Documento Nacional de Identidad número 12.425.252), Doctora Silvia Alejandra RODRÍGUEZ (Documento Nacional de Identidad número 23.154.619) y Contador Alejandro Mario ROISENTUL WUILLIAMS (Documento Nacional de Identidad número 16.582.666).- IV) SEDE SOCIAL: Fijar la Sede Social en Hipólito Yrigoyen número 250, piso doce, oficina 1210, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Resolución 24/2016
Bs. As., 23/02/2016
VISTO el Expediente N° S02:0007178/2016 del registro de este Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 6° de la Ley N° 27.161 se creó la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.), en la órbita del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, con sujeción al régimen establecido por la Ley N° 20.705, disposiciones pertinentes de la Ley General de Sociedades N° 19.550 (T.O. 1984) y sus modificatorias y a las normas de su Estatuto, la que tiene por objeto la prestación del Servicio Público de Navegación Aérea, de conformidad con los alcances previstos en el Artículo 2° de dicha ley, con excepción de los servicios de navegación aérea prestados por el MINISTERIO DE DEFENSA en los aeródromos que por razones de defensa nacional se enuncian en el Anexo I de la misma.
Que el Artículo 9° de la Ley N° 27.161, dispuso que el entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE debía aprobar dentro del plazo de DIEZ (10) días corridos, desde la entrada en vigencia de dicha ley, el Acta Constitutiva y el Estatuto Societario de la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.).
Que por conducto de la Resolución N° 1443 de fecha 10 de agosto de 2015, el entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE aprobó el Modelo de Acta de Constitución y el Estatuto Societario de la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.).
Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se sustituyeron el Artículo 1° y el Título V de la Ley de Ministerios (Texto Ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, entre otras, incorporándose el MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que, en consecuencia, el Artículo 21 de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92, y normas modificatorias) asignó las competencias a las que el MINISTERIO DE TRANSPORTE deberá ajustar su accionar, en todo lo inherente al transporte aéreo, ferroviario, automotor, fluvial y marítimo y a la actividad vial.
Que, en este marco, el Decreto N° 8 de fecha 4 de enero de 2016 aprobó una nueva conformación organizativa de los niveles políticos del MINISTERIO DE TRANSPORTE y los objetivos de sus unidades.
Que el Artículo 3° del citado decreto incorporó al Anexo III, aprobado por el Artículo 3° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 —correspondiente al ámbito jurisdiccional en los que actuarán distintos organismos— el Apartado XXVIII MINISTERIO DE TRANSPORTE, donde se incluyó a la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.).
Que por la Resolución N° 11 de fecha 28 de enero de 2016, el MINISTERIO DE TRANSPORTE reemplazó el Anexo I de la Resolución N° 1443/2015 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, continente del Modelo de Acta de Constitución y el Estatuto Societario de la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA ha tomado intervención, en razón del Artículo 9° del Decreto N° 8/2016.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27.161, sus normas reglamentarias y complementarias y el Decreto N° 8/2016.
Por ello,
EL MINISTRODE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébanse las disposiciones complementarias del Acta Constitutiva de la Empresa Argentina de Navegación Aérea Sociedad del Estado (EANA S.E.), que como Anexo I forma parte integrante de la presente, en el marco de lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley N° 27.161, sus normas reglamentarias y complementarias.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. GUILLERMO J. DIETRICH, Ministro de Transporte de la Nación.
ANEXO I
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEL ACTA CONSTITUTIVA DE LA EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.)
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEL ACTA CONSTITUTIVA DE LA EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.)
I) SUSCRIPCIÓN E INTEGRACIÓN DEL CAPITAL: El capital social asciende a CINCO MILLONES (5.000.000) de certificados nominativos de UN PESO ($ 1.-) cada uno, correspondientes al CIEN POR CIENTO (100%) del Capital Social de la Sociedad, que asciende a CINCO MILLONES DE PESOS ($ 5.000.000).- Conforme el Artículo primero de la resolución dictada por el Administrador Nacional de Aviación Civil número 66 de fecha 3 de febrero de 2016, se establece un aporte inicial de UN MILLÓN DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($ 1.250.000) que corresponde al VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del Capital Social, y que se integrará a requerimiento del Ministerio de Transporte con el crédito vigente afectado a la Administración Nacional de Aviación Civil.- II) ÓRGANO DE DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN: Se designan para integrar el Directorio, DIRECTORES TITULARES: Doctor Agustín RODRÍGUEZ GRELLET e Ingeniero Alberto Andrés GUEVARA, a propuesta del Ministerio de Transporte, Doctor Rubén Orfel LANCETA, a propuesta del Ministerio de Defensa. Se designa Presidente del Directorio al Doctor Agustín RODRÍGUEZ GRELLET y Vicepresidente del Directorio al Ingeniero Alberto Andrés GUEVARA.- III) COMISIÓN FISCALIZADORA: Se designan para integrar la Comisión Fiscalizadora, SÍNDICOS TITULARES: Contador Orlando Francisco PELAYA (Documento Nacional de Identidad número 8.352.614), Doctora Mara Denise FELDMAN (Documento Nacional de Identidad número 20.404.589) y Contador Marcelo Eduardo COUVIN (Documento Nacional de Identidad número 12.588.247); y SÍNDICOS SUPLENTES: Contador Walter MINER (Documento Nacional de Identidad número 12.425.252), Doctora Silvia Alejandra RODRÍGUEZ (Documento Nacional de Identidad número 23.154.619) y Contador Alejandro Mario ROISENTUL WUILLIAMS (Documento Nacional de Identidad número 16.582.666).- IV) SEDE SOCIAL: Fijar la Sede Social en Hipólito Yrigoyen número 250, piso doce, oficina 1210, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
e. 29/02/2016 N° 9554/16 v. 29/02/2016