VEHICULOS TERRESTRES NO MATRICULADOS EN EL PAIS
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
12-Jun-1995
Resumen:
APRUEBASE CON CARACTER GENERAL, UNIFORME Y OBLIGATORIO A PARTIR DEL 1º DE JULIO DE 1995 LOS ELEMENTOS CONTRACTUALES QUE OBRAN EN EL ANEXO I DE LA PRESENTE RESOLUCION, REFERIDA AL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DEL PROPIETARIO Y/O CONDUCTOR DE VEHICULOSTERRESTRES (AUTO DE PASEO PARTICULAR O DE ALQUILER) NO MATRICULADOS EN EL PAIS DE INGRESO EN VIAJE INTERNACIONAL. DAÑOS CAUSADOS A PERSONAS O COSAS NO TRANSPORTADAS.