AGENCIAS DE VIAJE
REEMPADRONAMIENTO. PLAZO - PRORROGA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
04-Ene-1996
Resumen:
PRORROGASE EL VENCIMIENTO DISPUESTO PARA EL REEMPADRONAMIENTO GENERAL Y OBLIGATORIO DE LOS AGENTES DE VIAJES Y ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 1° DE LA RESOLUCION 218/2018 DEL MINISTERIO DE TURISMO, B.O. 12/06/2018, PAGINA 20.