IMPUESTOS
IMPUESTOS INTERNOS Y ADICIONAL DE EMERGENCIA A LOS CIGARRILLOS
Resumen:
IMPUESTOS INTERNOS Y ADICIONAL DE EMERGENCIA A LOS CIGARRILLOS. DETERMINACION E INGRESO DEL GRAVAMEN. FORMAS, PLAZOS Y CONDICIONES. RESOLUCIONES GENERALES Nº 4224 (DGI) Y Nº 4123 (DGI) Y SUS RESPECTIVAS MODIFICATORIAS Y COMPLEMENTARIAS. PROGRAMA APLICATIVO UNIFICADO.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 17 DE LA RESOLUCION GENERAL 2445 DE AFIP, B.O. 15/05/2008, PAGINA 24. VIGENCIA: A PARTIR DEL PRIMER DIA HABIL DEL SEGUNDO MES INMEDIATO SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN BOLETIN OFICIAL. SE MANTENDRAN VIGENTES EL PROGRAMA APLICATIVO UNIFICADO DENOMINADO IMPUESTO INTERNO Y ADICIONAL DE EMERGENCIA A LOS CIGARRILLOS - VERSION 1.0, LAS CARACTERISTICAS, FUNCIONES Y ASPECTOS TECNICOS PARA SU USO QUE SE ESPECIFICAN EN EL ANEXO DE LA RES. GENERAL 2445 Y EL FORMULARIO DE DECLARACION JURADA Nº 530/C, QUE SE GENERA MEDIANTE LA UTILIZACION DEL MISMO, APROBADOS OPORTUNAMENTE POR LA RESOLUCION GENERAL Nº 2323.