MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
MERCOSUR/GMC/RES. Nº 23/12
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile, las Decisiones Nº 03/07, 28/07, 37/08 y 08/11 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 50/03 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario incorporar a la estructura organizativa del Instituto Social del MERCOSUR (ISM) un cargo de Técnico para el área de Dirección Ejecutiva.
Art. 1 - Crear un cargo de Técnico en el Instituto Social del MERCOSUR, el que será incluido en su estructura organizativa.
Art. 2 - Será de aplicación a dicho cargo lo establecido en la Decisión CMC Nº 37/08, sus normas modificatorias y/o complementarias.
Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
MERCOSUR/GMC/RES. Nº 23/12
CREACION DE UN CARGO DE TECNICO EN EL INSTITUTO SOCIAL DEL MERCOSUR
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile, las Decisiones Nº 03/07, 28/07, 37/08 y 08/11 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 50/03 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario incorporar a la estructura organizativa del Instituto Social del MERCOSUR (ISM) un cargo de Técnico para el área de Dirección Ejecutiva.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
RESUELVE:
Art. 1 - Crear un cargo de Técnico en el Instituto Social del MERCOSUR, el que será incluido en su estructura organizativa.
Art. 2 - Será de aplicación a dicho cargo lo establecido en la Decisión CMC Nº 37/08, sus normas modificatorias y/o complementarias.
Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XL GMC EXT. - Mendoza, 26/VI/12.